Transfieren S/ 109 millones para financiar obras de mitigación de desastres naturales

A favor de dos gobiernos regionales y de diversos gobiernos locales

Obras de prevención ante fuertes lluvias. ANDINA

Obras de prevención ante fuertes lluvias. ANDINA

22:39 | Lima, nov. 13.

El Ejecutivo autorizó la transferencia de más de 109 millones de soles para financiar obras de mitigación de desastres naturales en dos gobiernos regionales y 72 gobiernos locales.

Así lo estableció a través del Decreto Supremo Nº 255-2025-EF, publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano

La norma autoriza una transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de 109 millones 169,998 soles, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de dos gobiernos regionales y 72 gobiernos locales, para financiar ciento 117 intervenciones priorizadas en el Acta Nº 46 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (Fondes).

Estas intervenciones corresponden a cuatro proyectos de inversión, 20 actividades de mitigación, siete actividades de emergencia, y 86 Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 58.1 y en el numeral 58.2 del artículo 58 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025,

El detalle de los pliegos habilitados y los montos de la Transferencia de Partidas autorizadas en la presente norma se encuentran en el Anexo I “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales - Proyectos de Inversión - Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición (IOARR) de Emergencia” 

También en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor de dos gobiernos regionales y diversos gobiernos locales - Actividades de Mitigación y Actividades de Emergencia”, que forman parte integrante de la presente norma y se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, José Jerí Oré; del ministro de Defensa, César Díaz Peche; y de la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Miralles Miralles.

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(FIN) MDV / MDV 

Publicado: 13/11/2025