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Titular del JNE exhorta a jurados especiales a resolver con celeridad actas observadas

Para que ingresen al cómputo de resultados de las elecciones congresales

ANDINA/Difusión

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14:30 | Lima, ene. 30.

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Víctor Ticona, exhortó a los 60 Jurados Electorales Especiales (JEE) a resolver con celeridad, imparcialidad y arreglo a ley las actas observadas de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, a fin de que ingresen al cómputo de votos y se proceda a la proclamación de resultados.

Recordó que dichas actas deben ser evaluadas por los referidos JEE, los cuales como órganos de primera instancia en justicia electoral deben determinar su validez o no, por lo que les pidió garantizar en todo momento el respeto a la voluntad popular expresada en las urnas.

Ticona Postigo informó también que, de acuerdo a lo reportado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), hasta el momento 11 421 actas presentan la condición de observadas. De esta cantidad, 8 989 han llegado a los JEE, de las cuales 2 139 fueron resueltas.

Precisó que entre los JEE con mayor número de expedientes resueltos figuran los de Pacasmayo (153), Lima Norte 1 (137), Huaura (113), Trujillo y Huaraz (100), Lima Centro 2 (97) y Lima Este 1 (94).


Estos casos, refirió, se encuentran en período de apelación por tres días, luego de lo cual, de no mediar recurso alguno, son remitidos a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para ser contabilizados. 

De ser impugnados, será el Pleno del JNE el que se pronuncie en última y definitiva instancia.

Asimismo, la autoridad electoral señaló que aún falta que lleguen a los JEE 2 432 actas observadas, por lo que pidió a las ODPE (a las cuales corresponde identificar estos documentos) remitir con prontitud dichos expedientes para que los órganos electorales de primera instancia procedan a su resolución.

Oportunamente, el JNE aprobó el Reglamento del Procedimiento Aplicable a las Actas Observadas, con el propósito de posibilitar el tratamiento de estos expedientes en forma adecuada y con rapidez.

(FIN) NDP/RMCH/CVC

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Publicado: 30/1/2020