Sunat identifica más de 110 empresas fantasma que emitieron facturas a 60,000 clientes

Precisó que estas empresas emitieron más de 478,000 facturas, 24,000 notas de crédito y 331 notas de débito

ANDINA/Difusión

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14:50 | Lima, jun. 25.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) identificó 110 Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO), conocidos como "empresas fantasma", que habrían emitido comprobantes de pago a más de 60,000 clientes sin contar con los recursos necesarios para realizar las operaciones que sustentaban dichos documentos.


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La entidad informó que las resoluciones de atribución de estos contribuyentes ya quedaron firmes. Se trata de empresas que, si bien estaban habilitadas para emitir comprobantes de pago, no disponían de recursos económicos, financieros, materiales o humanos idóneos para desarrollar las actividades declaradas.


Según el listado actualizado al 31 de mayo de 2026, 73 de estos SSCO se encuentran en Lima, 15 en La Libertad, cuatro en Arequipa, cuatro en Cajamarca, cuatro en Huánuco, dos en Chimbote, dos en Ayacucho, dos en Ica, dos en Juliaca, uno en Piura y uno en Tacna.

La Sunat precisó que estas empresas emitieron más de 478,000 facturas, 24,000 notas de crédito y 331 notas de débito. El monto estimado del crédito fiscal que no será reconocido supera los 1,025 millones de soles.

Clientes involucrados

Respecto de los clientes involucrados, alrededor de 40,000 pertenecen al Régimen Mype Tributario, 13,000 al Régimen Especial y 5,000 al Régimen General.

Por actividad económica, más de 25,000 clientes corresponden al sector servicios, 17,000 al comercio, 8,000 a la manufactura y 7,000 a la construcción, entre los principales rubros.

La administración tributaria recordó que, tras la publicación de la relación de SSCO, estas empresas no podrán emitir comprobantes de pago que otorguen derecho a crédito fiscal o permitan sustentar costos o gastos para efectos del Impuesto a la Renta. Tampoco podrán emitir notas de crédito ni de débito, salvo liquidaciones de compra. Únicamente podrán emitir boletas de venta electrónicas.

Revisión de comprobantes de pago

Asimismo, indicó que los clientes de estos contribuyentes podrán solicitar la revisión de los comprobantes de pago y documentos complementarios recibidos desde el 20 de marzo de 2022 hasta la fecha de publicación de la lista. El trámite podrá realizarse dentro de los primeros 30 días hábiles posteriores a la difusión de la relación de SSCO.

La Sunat señaló que este procedimiento busca reducir el riesgo de Operaciones No Reales (ONR), desincentivar conductas evasoras y fortalecer la recaudación del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto a la Renta (IR), además de contribuir a disminuir la competencia desleal.


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(FIN) NDP/JAM
JRA

Publicado: 25/6/2026