La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) accederá a la información contenida en el Padrón de Productores Agrarios y sus organizaciones en las cadenas de valor.
A través de la Resolución de Superintendencia N° 000086-2026/SUNAT, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se establece la forma, el plazo y las condiciones en que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) pone a disposición de la Sunat la información del Padrón de Productores Agrarios y sus organizaciones en las cadenas de valor.
La norma tiene la finalidad de que la Sunat aplique las disposiciones de la Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna (Ley N° 32434).

El Midagri pondrá a disposición de la Sunat el contenido del Padrón de Productores Agrarios, mediante la herramienta informática que ambas entidades públicas acuerden.
La información del Padrón de Productores Agrarios debe ser alcanzada a la Sunat el primer día hábil de cada mes, con data actualizada hasta el último día hábil del mes anterior.
En los considerandos de la presente resolución se recuerda que la Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna, establece un tratamiento especial del Impuesto a la Renta y el reintegro tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) para los pequeños productores y las empresas agrarias comprendidas dentro de los alcances de dicha ley.
Publicado: 14/5/2026