Sunafil recibió más de 9,000 denuncias por falta de pago de la gratificación

Acumulado va desde julio de 2025 hasta la fecha.

ANDINA/Ricardo Cuba

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15:30 | Lima, jul. 1.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) reveló que, en el último año, se han recibido 9,648 denuncias por falta de pago de la gratificación, que corresponden al período del último año, es decir desde julio de 2025. La mayoría de ellas fueron realizadas por trabajadores de las regiones de Lima Metropolitana, La Libertad y Cusco.

Las gratificaciones son un beneficio social de carácter remunerativo que se otorga dos veces al año, en julio y en diciembre, con ocasión de las Fiestas Patrias y la Navidad. Les corresponde a los trabajadores del régimen laboral del sector privado, que cumplan con haber laborado al menos un mes completo en el semestre.




El monto de la gratificación es equivalente a una remuneración mensual íntegra si el trabajador laboró el semestre completo, es decir, desde el 1 de enero al 30 de junio.

Para aquellos trabajadores que no hayan laborado el semestre completo, el monto de la gratificación será en proporción al número de meses calendario completos laborados, a razón de 1/6 de la remuneración computable por cada mes calendario.

Junto al pago de la gratificación, el empleador deberá abonar una bonificación extraordinaria, equivalente al 9% del aporte al Seguro Social de Salud (EsSalud) que hubiese correspondido efectuar por concepto de la gratificación. En el caso de trabajadores cubiertos por una Entidad Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria equivale al 6.75%.

¿Qué pasa con los trabajadores de las mypes?


La Sunafil informa que las microempresas que están inscritas en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), no están obligadas al pago de las gratificaciones. Sin embargo, las pequeñas empresas, cuyas ventas anuales superan las 150 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a 825,000 soles, y hasta 1,700 UIT, equivalente a 9 millones 350,000 soles, sí corresponde el pago de gratificación, equivalente a media remuneración.

Asimismo, los trabajadores de la pequeña empresa tienen derecho a percibir la bonificación extraordinaria del 9% conforme a la Ley N° 30334. Si se trata de trabajadores cubiertos por una EPS, la bonificación extraordinaria equivale al 6.75%.


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(FIN) NDP/GDS/JJN
JRA

Publicado: 1/7/2026