Servir precisa alcances sobre el plazo máximo de los contratos CAS determinado

Medida brinda claridad y seguridad jurídica a servidores CAS al aplicar Ley N° 32563

Servir precisa alcances sobre el plazo máximo de los contratos CAS determinado.

Servir precisa alcances sobre el plazo máximo de los contratos CAS determinado.

15:30 | Lima, may. 17.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) precisó los alcances sobre la aplicación del plazo máximo de duración de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) a plazo determinado, previsto en el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la Ley N° 32563.

Mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00076-2026-SERVIR-PE, Servir aprobó como opinión vinculante el Informe Técnico N° 000965-2026-SERVIR-GPGSC, el cual establece que el plazo máximo de cinco años aplica únicamente a los contratos CAS a plazo determinado suscritos en el marco de la Ley N° 32563, así como a sus respectivas prórrogas o renovaciones.

En ese sentido, Servir aclaró que dicho límite máximo no resulta aplicable a los contratos administrativos de servicios para labores de necesidad transitoria celebrados bajo la modificación introducida por la Ley N° 31131.

El ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos señaló que esta precisión permitirá brindar mayor predictibilidad y seguridad jurídica tanto a las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas como a las servidoras y servidores sujetos al régimen CAS.




Asimismo, indicó que el criterio vinculante busca uniformizar la aplicación de la normativa relacionada con los contratos CAS a plazo determinado y fortalecer una adecuada gestión de recursos humanos en las entidades públicas.

El informe técnico emitido por Servir tiene carácter vinculante para las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, por lo cual la precisión efectuada busca uniformizar criterios respecto a la aplicación del límite máximo de duración de los contratos CAS a plazo determinado.

Para acceder a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00076-2026-SERVIR-PE y al Informe Técnico N° 000965-2026-SERVIR-GPGSC, ingresar al portal institucional de Autoridad Nacional del Servicio Civil: www.gob.pe/institucion/servir/normas-legales/8139320-000076-2026-servir-pe.


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(FIN) NDP/CNA

Publicado: 17/5/2026