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SBS declara en disolución 28 cooperativas de ahorro y crédito

Por presentar causal de inactividad

INTERNET/Medios

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16:01 | Lima, nov. 24.

La SBS declaró hoy la disolución de 28 cooperativas de ahorro y crédito por encontrarse incursas en la causal de inactividad en el marco de sus facultades de supervisión y regulación.

Así, declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Tres Molinos mediante Resolución SBS 03523-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad. 

En los considerandos de la norma se señala que la citada cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Julio Ricardo Fuentes Velarde, identificado con DNI 07623397, y a Joel Peña Velarde, identificado con DNI 46545671, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito tres molinos en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Bartolomé del Altiplano, mediante Resolución SBS 03526-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se indica que la mencionada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Víctor Luis Ríos Cucho, identificado con DNI 40672538, y a Mijail Dennis Choque Chambi Romero, identificado con DNI 70351688, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Bartolomé del Altiplano en disolución.

La SBS también declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Fe-Perú, a través de la Resolución SBS 03525-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la normativa se menciona que la mencionada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Julio Ricardo Fuentes Velarde, identificado con DNI 07623397, y a Joel Peña Velarde, identificado con DNI 46545671, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa fe-Perú en disolución.

La SBS también declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Sol Amazónico, a través de la Resolución SBS 03524-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se menciona que la mencionada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Sayda Diana Maytan Galindo, identificada con DNI 45564561, y a Tibisay Tayna Cárdenas Medina, identificada con DNI 71286823, como administradoras temporales, principal y alterna, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito sol Amazónico en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Virgen de la Puerta, mediante Resolución SBS 03522-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se señala que la citada cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, al no haber remitido sus estados financieros de los periodos de setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Hugo Luis miguel Calderón Manriquez, identificado con DNI 42724687, y a Aron Santiago Sifuentes Castillo, identificado con DNI 70509748, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Virgen de la Puerta en disolución.

Asimismo, la SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Virgen de Nitape, a través de la Resolución 03521-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la normativa se explica que la mencionada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Julio Ricardo Fuentes Velarde, identificado con DNI 07623397, y a Joel Peña Velarde, identificado con DNI 46545671, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Virgen de Nitape en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 21 de Julio, vía Resolución SBS 03547-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se señala que la cooperativa en mención se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Rosario Isabel Tapia Casas, identificada con DNI 43296657, y a José Junior Guerrero Casas, identificado con DNI 48086543, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 21 de Julio en disolución.

La SBS también declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Yanawara, a través de la Resolución SBS 03548-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se menciona que la citada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, dado que no ha remitido sus estados financieros de los periodos de junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Ricardo Manuel Reyna Velásquez, identificado con DNI 10880139, y a Brandon Arturo Gasco Bardales, identificado con DNI 48106787, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Yanawara en disolución.

La SBS además declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecemype, vía Resolución SBS 03541-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se señala que dicha cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, toda vez que no ha remitido sus estados financieros de los periodos de setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Rocío Mercedes Martínez Rondón, identificada con DNI 10689403, y a Esau Benjamín Rodriguez Segura, identificado con dni n° 47189144, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecemype en disolución.

Asimismo, la SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credieden Limitada, mediante Resolución SBS 03540-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se señala que la cooperativa en mención se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Rocío Mercedes Martínez Rondón, identificada con DNI 10689403, y a Esau Benjamín Rodriguez Segura, identificado con DNI 47189144, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credieden Limitada en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credirapidoperu, vía Resolución SBS 03539-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la normativa se indica que la cooperativa en mención está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Carlos Alberto Pita Trigoso, identificado con DNI 74034748, y a Jairo Jesús Reyes Meza, identificado con DNI 47123651, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credirapidoperu en disolución.

La SBS asimismo, declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Créditos Solidarios del Perú, mediante Resolución SBS 03538-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se menciona que la citada cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Víctor Luis Ríos Cucho, identificado con 40672538, y a Mijail Dennis Choque Chambi Romero, identificado con DNI 70351688, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Créditos Solidarios del Perú en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito El Buen Sembrador, a través de la Resolución SBS 03537-2022, publicada en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se señala que la citada cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a José Luis Suárez De la Cruz, identificado con DNI 70389122, y a Evellyn Llajaruna Ponce, identificada con DNI 44721337, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito El Buen Sembrador en disolución.

Asimismo, la SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito El Emprendedor, mediante Resolución SBS 03536-2022, publicada en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la normativa se menciona que dicha cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a José Luis Suárez De la Cruz, identificado con DNI 70389122, y a Evellyn Llajaruna Ponce, identificada con DNI 44721337, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito El Emprendedor en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fondo Pyme, mediante Resolución SBS 03535-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se señala que la citada cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Ricardo Manuel Reyna Velásquez, identificado con DNI 10880139, y Brandon Arturo Gasco Bardales, identificado con DNI 48106787, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fondo Pyme en disolución.

La SBS también declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Inversiones Crediticias, vía Resolución SBS 03532-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución menciona que dicha cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, pues no ha remitido sus estados financieros de los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Alex Eduardo Condori Nina, identificado con DNI 73866232, y a Diego Salvador Ruiz Delgado, identificado con DNI 47163252, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Inversiones Crediticias en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Mipyme El Asesor, mediante Resolución SBS 03531-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la normativa se señala que la citada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Rosario Isabel Tapia Casas, identificada con DNI 43296657, y a José Junior Guerrero Casas, identificado con DNI 48086543, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Mipyme El Asesor en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Americana, vía Resolución SBS 03546-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se refiere que la mencionada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Adelia Cristobal Trujillo, identificada con DNI 09568183, y a Lucila Espejo Sempertegui, identificada con DNI 45256507, como administradoras temporales, principal y alterna, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Americana en disolución.

Asimismo, la SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Centrobank, mediante Resolución SBS 03545-2022, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se señala que dicha cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y de marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Adelia Cristobal Trujillo, identificada con DNI 09568183, y a Lucila Espejo Sempertegui, identificada con DNI 45256507, como administradoras temporales, principal y alterna, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Centrobank en disolución.

La SBS también declaró en disolución la Cooperativa de Ahorro y Crédito Confiando, vía Resolución SBS 03544-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se menciona que dicha cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Adelia Cristobal Trujillo, identificada con DNI 09568183, y a Lucila Espejo Sempertegui, identificada con DNI 45256507, como administradoras temporales, principal y alterna, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Confiando en disolución.

Asimismo, la SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cordillera Escalera, mediante la Resolución SBS 03543-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se refiere que la citada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, dado que no ha remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Rocío Miranda Luque, identificada con DNI 45929373, y a Lucila Espejo Sempertegui, identificada con DNI 45256507, como administradoras temporales, principal y alterna, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cordillera Escalera en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores del Ministerio del Interior – Cosermin, mediante Resolución SBS 03542-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se señala que tal cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, dado que no ha remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Rosario Isabel Tapia Casas, identificada con DNI 43296657, y a José Junior Guerrero Casas, identificado con DNI 48086543, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los servidores del Ministerio del Interior - Cosermin en disolución.

La SBS también declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Mosoq Hillariy Limitada, vía Resolución SBS 03530-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se señala que la citada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Víctor Luis Ríos Cucho, identificado con DNI 40672538, y a Mijail Dennis Choque Chambi Romero, identificado con DNI 70351688, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Mosoq Hillariy Limitada en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Musuq Ayllu - Aymaraes – Apurímac, mediante Resolución SBS 03529-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se menciona que la citada cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Roberto Fiestas Jiménez, identificado con DNI 44087728, y a Brandon Arturo Gasco Bardales, identificado con DNi 48106787, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Musuq Ayllu - Aymaraes - Apurímac en disolución.

Asimismo, la SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Genesis Investments Group, a través de la Resolución SBS 03534-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la norma se indica que dicha cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de registro, dado que no ha remitido sus estados financieros correspondientes a los periodos de junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Rocío Mercedes Martínez Rondón, identificada con DNI 10689403, y a Esau Benjamín Rodriguez Segura, identificado con DNI 47189144, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Genesis Investments Group en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Group Union Progreso, mediante Resolución SBS 03533-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la normativa se señala que la mencionada cooperativa está incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Carlos Alberto Pita Trigoso, identificado con DNI 74034748, y a Jairo Jesús Reyes Meza, identificado con DNI 47123651, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Group Union Progreso en disolución.

La SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Primavera, a través de la Resolución SBS 03528-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se indica que dicha cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, pues no ha remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a José Luis Suárez de la Cruz, identificado con DNI 70389122, y a Evellyn Llajaruna Ponce, identificada con DNI 44721337, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Primavera en disolución.

Asimismo, la SBS declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Prosperando, mediante Resolución SBS 03527-2022, publicada hoy en el diario El Peruano, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

En los considerandos de la resolución se señala que la citada cooperativa se encuentra incursa en la causal de inactividad descrita en el sub-numeral 7 del numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de Registro, por no haber remitido sus estados financieros de los periodos de diciembre del 2020; marzo, junio, setiembre y diciembre del 2021; y marzo, junio y setiembre del 2022.

Se designa a Sayda Diana Maytan Galindo, identificada con DNI, y a Tibisay Tayna Cárdenas Medina, identificada con DNI 71286823, como administradoras temporales, principal y alterna, respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Prosperando en disolución.

Se establece que en aplicación del artículo 9 del reglamento de Regímenes Especiales, a partir de la fecha de publicación de las presentes resoluciones queda prohibido iniciar contra las cooperativas antes mencionadas procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo; y perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra estas cooperativas.

También queda prohibido constituir gravámenes sobre alguno de los bienes, de las cooperativas antes citadas, en garantía de las obligaciones que les conciernen; hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de las cooperativas, con los fondos o bienes que les pertenezcan y se encuentren en poder de terceros; y constituir medidas cautelares contra los bienes de las cooperativas.


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(FIN) MMG/JJN

Publicado: 24/11/2022