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San Martín: Sala Penal condena a 2 años y seis meses de prisión a exfiscal de Campanilla

Por delito de encubrimiento personal en agravio del Estado

Sala Penal Especial Anticorrupción de la Corte Superior de San Martín condenó a la ex fiscal provincial Mixta de Campanilla, Patricia Olga Gonzales. ANDINA/Difusión

Sala Penal Especial Anticorrupción de la Corte Superior de San Martín condenó a la ex fiscal provincial Mixta de Campanilla, Patricia Olga Gonzales. ANDINA/Difusión

15:54 | Tarapoto, jun. 13.

La Sala Penal Especial Anticorrupción de la Corte Superior de Justicia de San Martín condenó a la ex fiscal provincial Mixta de Campanilla, Patricia Olga Gonzales Vela a 2 años y 6 meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el delito de encubrimiento personal en agravio del Estado.

Gonzales Vela también fue inhabilitada, por el lapso de un año, en el ejercicio de la función pública; además, deberá pagar 5,000 soles por concepto de reparación civil.

La exfiscal de Campanilla fue encontrada culpable del delito de encubrimiento personal por haber ocultado en su oficina a un requisitoriado, para luego facilitarle su salida por la puerta posterior de las instalaciones de la Fiscalía, en el 2014.


Entre otras medidas, la Sala Penal Especial Anticorrupción de la Corte Superior de San Martín ordenó varias limitaciones: que Gonzales Vela no debe variar de domicilio sin autorización del juez, presentarse cada fin de mes al local del juzgado para informar y justificar sus actividades, de manera personal y obligatoria, y sobre todo reparar el daño ocasionado, pagando la reparación civil, durante el primer año del periodo de prueba.

Como hechos objeto de imputación el representante del Ministerio Público refirió que la denunciada Patricia Olga Gonzales Vela, durante su actuación como fiscal provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Campanilla, ocultó en su oficina a José Félix Celis Mendoza (requisitoriado), para luego facilitarle su salida por la puerta posterior de las instalaciones de la Fiscalía en mención; a pesar que la autoridad policial de Campanilla le comunicara que dicha persona contaba con requisitoria judicial vigente ordenada por el Juzgado Mixto de Juanjuí Mariscal Cáceres.

La Sala Penal Especial consideró que existía suficiente actividad probatoria al haber valorado todo lo actuado en este presente proceso, sobre la base de una serie de testigos y documentales que determinaron que está probado que Gonzales Vela tuvo en su oficina a un requisitoriado, no le dio facilidades a la policía para que lo intervenga y se cumpla con un mandato judicial que era la orden de captura, y por el contrario, momentos después la policía logró detener al requisitoriado quién había salido por una puerta posterior del local fiscal.

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(FIN) JQC/MAO
JRA

Publicado: 13/6/2023