El alcalde de Puente Piedra, Rennán Espinoza, saludó hoy la decisión del Tribunal Constitucional de ordenar a Rutas de Lima SAC la suspensión del cobro del peaje, tras declarar fundada, en parte, la demanda de habeas corpus colectivo presentada en su contra.
Destacó la presentación del habeas corpus, pues ha permitido que el órgano supremo de interpretación y control de la Constitución Política del Perú les dé la razón.
"Eso para nosotros es muy importante, sobre todo porque el TC exhorta al Poder Judicial iniciar con rapidez este juicio contra la exalcaldesa Susana Villarán", dijo en declaraciones a Canal N.
Precisó que, a partir de este se conocerá cómo fue el proceso de contratación entre la gestión edil de la ex burgomaetre Villarán y la consecionaria Rutas de Lima SAC.
Orden momentánea
La orden se mantendrá hasta que se tomen las medidas para cesar el "acto lesivo vulneratorio de la libertad de tránsito" o hasta que la justicia penal emita un pronunciamiento, con calidad de firme, que determine si el contrato de concesión y sus adendas tuvieron o no un origen ilícito, señaló el TC.
En la sentencia, el Tribunal advirtió, por un lado, que existe un deber constitucional de reprimir y combatir la corrupción, por lo que las circunstancias que rodearon el contrato de concesión del peaje deben ser esclarecidas por la justicia peruana.
Por otro lado, añade que la implementación del contrato de concesión “Vías Nuevas de Lima”, a través de obras de infraestructura, en el tramo de la Panamericana Norte, ha terminado afectando, de modo irrazonable y desproporcionado, el derecho al libre tránsito de los pobladores de Puente Piedra para transitar dentro de su propio distrito o salir de él.
Finalmente, el Tribunal Constitucional exhortó al Poder Judicial y al Ministerio Público para que los jueces y fiscales que conocen los procesos penales contra los exfuncionarios públicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las demás personas que resulten responsables de la celebración del contrato de concesión y adendas, resuelvan los mismos con la celeridad que permita la ley, bajo responsabilidad penal y administrativa.
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(FIN) JAM /SMS
Publicado: 8/3/2024