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Reglamento reconoce labor de canillita y regula actividad en espacios públicos

Tienen derechos pero también obligaciones que cumplir sino serán sujetos de sanciones

ANDINA/Héctor Vinces

ANDINA/Héctor Vinces

09:22 | Lima, may. 20.

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó hoy el Reglamento de la Ley N° 31344, que reconoce la labor de los canillitas y regula sus actividades en los espacios públicos.

Mediante el Decreto Supremo Nº 005-2022-Produce se precisa que la norma consta de 13 artículos distribuidos en tres títulos, una única disposición complementaria final y un anexo. Cabd indicar que el 5 de octubre de cada año se celebra el Día del Expendedor de Diarios, Revistas y Loterías, Canillita.

La norma indica que son los gobiernos locales los que regulan mediante ordenanza municipal las dimensiones, características y zonas de funcionamiento de los kioskos o módulos, así como las actividades de los canillitas, debiendo para ello establecer dentro de su jurisdicción mecanismos para su ordenamiento, registro, salubridad, capacitación cultural y turística, y fomento de capacidades que garanticen a la población un servicio de calidad, en coordinación con sus organizaciones representativas.

El registro a que hace referencia el párrafo anterior no condiciona la realización de las actividades por parte de los canillitas previstas en la Ley.


Obligaciones de los canillitas

Los Canillitas tienen las siguientes obligaciones:

1. Contar con las dimensiones y características de los kioskos o módulos de expendio de los Canillitas, regulados por ordenanza municipal, de acuerdo a los parámetros que señale cada gobierno local. 

2. Ubicar los kioskos o módulos de expendio en veredas, retiros y cualquier parte de los espacios públicos debidamente autorizados por la autoridad municipal. Asimismo, no dañar la propiedad pública o privada, ni obstruir u obstaculizar el libre tránsito peatonal o vehicular, ni dificultar o restringir la visión de los conductores de vehículos, conforme a las disposiciones vigentes. 

3. Acatar las medidas de reubicación del kiosko o módulo de expendio dispuestas por el gobierno local competente, cuando medien razones de interés y orden público, salubridad, ensanchamiento o remodelación de vías. La reubicación se hace al lugar más cercano posible y no irroga gasto alguno al canillita, el mismo que es asumido por el gobierno local competente.


Tipos de sanciones

Dependiendo de la naturaleza del supuesto hecho infractor, las sanciones administrativas que pueden aplicarse en el procedimiento administrativo sancionador son las siguientes: 

a) Notificación Preventiva (el plazo para subsanar es de 5 días hábiles). 

b) Suspensión temporal de la actividad (hasta 15 días calendario). 

c) Retiro definitivo del kiosko o módulo de expendio


Plazo    

En un plazo no mayor de 120 días calendario, contados a partir del día siguiente de publicado el presente Reglamento en el Diario Oficial El Peruano, los gobiernos locales, aprobarán las ordenanzas que regulan las actividades de los canillitas y las actividades relacionadas con el ordenamiento, registro, salubridad y fomento de capacidad de los Canillitas.

Incorporarán, asimismo, las acciones o actividades bajo su competencia, orientadas a la implementación de lo dispuesto en el presente Reglamento.


Financiamiento 

La implementación del reglamento se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Producción y de las entidades de los tres niveles de gobierno que resulten competentes en dicha implementación, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 

El presente Decreto Supremo y el Reglamento de la Ley Nº 31344, Ley que reconoce la labor de los canillitas y regula sus actividades en los espacios públicos, aprobado en el artículo 1 de la presente norma, se publican en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob. pe/produce).

Asimismo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.


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(FIN) NDP/JJN

Publicado: 20/5/2022