Puno: garantizan continuidad en la educación de niños de Centros de Acogida Residencial

Mediante ordenanza se dispone que motivos económicos no sean motivo para que menores dejen de estudiar

ANDINA/Difusión

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14:31 | Lima, oct. 4.

El Gobierno Regional de Puno dispuso establecer medidas para garantizar la educación de los niños y adolescentes que se encuentran en los Centros de Acogida Residencial (CAR) de esta jurisdicción al tratarse de población en situación de vulnerabilidad y desprotección.

Se considera necesario, en ese sentido, “mitigar el riesgo de deserción y exclusión pedagógica de los menores albergados en los CAR, asegurando que las contingencias socioeconómicas o de índole privada de las instituciones educativas no afecten su bienestar emocional ni su continuidad en el sistema escolar”.

Elo quedó establecido en la ordenanza regional 000010-2026-GRP/GR PUNO, que aparece en la edición de hoy del Diario Oficial El Peruano, en su separata de normas legales. Sus alcances comprenden a los CAR ‘Virgen de la Candelaria’ de Salcedo y ‘Niño San Salvador’ de Capachica.


Esto implica que los menores acogidos en los CAR “no sean objeto de condicionamiento, restricción o impedimento alguno para su matrícula, permanencia, asistencia, participación o continuidad educativa por razones económicas o por la falta de pago de cuotas, aportes, contribuciones, actividades o conceptos vinculados con la prestación del servicio educativo”.

Se trata de medidas de alcance regional “destinadas a garantizar el acceso, matrícula, permanencia, participación y continuidad educativa” de los menores que se encuentran en los CAR de Puno.


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Se indica también que las cuotas ordinarias, extraordinarias, multas, aportes u otras obligaciones relacionadas con las Asociaciones de Padres de Familia no podrán ser exigidas a los menores acogidos en los CAR, ni a las entidades o personas que ejerzan su protección, como condición o impedimento para su matrícula, permanencia y asistencia en el servicio educativo público.


Se señala que ello responde al principio “del interés superior del niño, el derecho fundamental a la educación, la igualdad de oportunidades y el principio de gratuidad de la educación pública”.


La aplicación de esta ordenanza estará a cargo de la Dirección Regional de Educación de Puno, las Unidades de Gestión Educativa Local, las instituciones educativas públicas de educación básica y demás órganos y entidades del gobierno regional puneño.

Que estas medidas sean materia de una ordenanza regional responde a que se busca “establecer una regulación de carácter general, permanente y de aplicación dentro del ámbito competencial regional”.

(FIN) FGM/MAO

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Publicado: 4/10/2026