El Poder Ejecutivo publicó hoy el Decreto Legislativo que actualiza la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
Dicho decreto fue publicado en el boletín de normas legales de El Diario Oficial El Peruano y se destaca que, para el fortalecimiento y actualización del trabajo en los tres niveles de gobierno en materia de seguridad ciudadana, es necesario actualizar la Ley N° 27933.
“El presente Decreto Legislativo tiene por objeto modificar los artículos 2, 3-A, 4, 5, 7, 9, 11, 14, 15, 16 y 17; derogar los artículos 10, 10-A y 12; e, incorporar el artículo 20 y el capítulo VI de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, con la finalidad de adaptar sus contenidos a la realidad de la problemática de la inseguridad ciudadana a la luz de las nuevas herramientas de gestión en materia de políticas en seguridad ciudadana con las que cuenta el Estado”, indica el dispositivo legal.
En el artículo 2, se recalca que se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos de esta Ley, a la acción multisectorial, integrada y articulada que desarrolla el Estado, con la participación del sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, a través de la prevención, control, sanción y reinserción social.
Esto para garantizar una convivencia pacífica, la erradicación de la violencia interpersonal y la utilización libre de miedos de los espacios públicos frente a los diversos tipos de criminalidad nacional e internacional.
En el artículo 3-A. Competencia y funciones del ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se indica que el Ministerio del Interior en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana tiene competencia para dictar las normas y procedimientos relacionados con la Seguridad Ciudadana en el marco de la presente Ley.
En su calidad de ente rector, el Ministerio del Interior, ejerce las siguientes funciones específicas: a) Proponer políticas, planes, programas, estrategias y proyectos, en materia de seguridad ciudadana al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana – CONASEC, los cuales deben estar alineados a los instrumentos de gestión del SINAPLAN.
Además, efectuar el seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas, estrategias y proyectos en materia de seguridad ciudadana bajo un enfoque de gestión por resultados.
Aprobar, en el ámbito de su competencia, lineamientos técnicos e instrumentos para la programación, seguimiento y evaluación, difusión y promoción de las políticas, planes, programas, estrategias y proyectos en materia de seguridad ciudadana.
También, articular y coordinar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas, estrategias y proyectos en materia de seguridad ciudadana y otros fenómenos delictivos vinculados a esta.
(FIN) JCR
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Publicado: 22/12/2023