Andina

Proyecto Caral pide desalojar a invasores de sitio arqueológico Chupacigarro en Barranca

Plazo para el retiro voluntario del sentenciado Alejandro Ramón Solís Saavedra venció el martes 31 de mayo

De acuerdo a las investigaciones y prospecciones arqueológicas, en el terreno ocupado ilegalmente se han evidenciado restos de muros que habrían conformado edificios piramidales o viviendas. Bajo las siembras que se han realizado yacen registros arqueológicos que podrían ayudar a entender cómo se desarrolló la Civilización Caral.

De acuerdo a las investigaciones y prospecciones arqueológicas, en el terreno ocupado ilegalmente se han evidenciado restos de muros que habrían conformado edificios piramidales o viviendas. Bajo las siembras que se han realizado yacen registros arqueológicos que podrían ayudar a entender cómo se desarrolló la Civilización Caral.

13:48 | Barranca, jun. 2.

Al haberse vencido el plazo para que el sentenciado Alejandro Ramón Solís Saavedra desaloje el terreno que ocupa dentro del sitio arqueológico Chupacigarro - Ciudad Sagrada de Caral, Patrimonio Mundial, la Zona Arqueológica Caral (ZAC) solicitó a las autoridades competentes recuperar el terreno de propiedad estatal, tal como lo dispone la sentencia ratificada por la Corte Suprema en el 2016.

La ZAC recuerda a la ciudadanía que el martes 31 de mayo venció el plazo para que Solís Saavedra desaloje de manera voluntaria el terreno que usufructúa ilegalmente en el sitio arqueológico Chupacigarro. a un kilómetro de la Ciudad Sagrada de Caral, ubicado en la provincia limeña de Barranca.

El acuerdo de desalojar voluntariamente el terreno estatal se suscribió el viernes 7 de enero de 2022 en el mismo Chupacigarro, entre el juez a cargo del desalojo judicial, magistrado César Macedo Figueroa, el procurador del Ministerio de Cultura, Henmer Alva Neyra, y el abogado de la parte sentenciada.

Ese día, los mencionados acordaron suspender hasta el 31 de mayo de 2022 el desalojo judicial programado por el Primer Juzgado Civil de Barranca, de un terreno estatal con probadas evidencias arqueológicas, para cumplir la sentencia del proceso judicial de reivindicación a favor del Estado Peruano, contra Solís Saavedra (Expediente N° 00283-2012-0-1301-JR-CI-01).

Por su parte, la Zona Arqueológica Caral manifestó su desacuerdo con la suspensión, porque permitía que se continuaran dañando las evidencias arqueológicas de la Civilización Caral, la primera de América.

Como se ha vencido la fecha pactada y no se ha producido el desalojo voluntario, la ZAC solicita a las autoridades competentes que hagan cumplir las leyes, normas y disposiciones que protegen el Patrimonio Cultural de la Nación, así como los tratados internacionales que velan por la protección del Patrimonio Mundial, y procedan a su recuperación.

El terreno donde se encuentran los sitios arqueológicos Chupacigarro- Ciudad Sagrada de Caral, fue inscrito por la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales (SBN) en enero del año 2005. Luego, en 2006, la SBN transfirió el mencionado terreno al Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura). La propiedad y la titularidad del predio está inscrita a favor del Estado Peruano en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) con la partida N° 80027096, desde el año 2006.


De acuerdo a las investigaciones y prospecciones arqueológicas, en el terreno ocupado ilegalmente se han evidenciado restos de muros que habrían conformado edificios piramidales o viviendas. Bajo las siembras que se han realizado yacen registros arqueológicos que podrían ayudar a entender cómo se desarrolló la Civilización Caral.

Asimismo, según los registros aerofotográficos, en la década de 1940, Chupacigarro y la Ciudad Sagrada de Caral se conservaban sin invasión ni destrucción alguna y recién a inicios de la década de 1970 el señor Rosario Solís López (quien no fue beneficiario de la reforma agraria) abrió un canal de riego al norte de los terrenos arqueológicos de la Ciudad Sagrada de Caral y lo expandió en red sobre Chupacigarro, donde empezó a cultivar, lo que afectó las evidencias arqueológicas. A esa invasión, que dañó los sitios arqueológicos, se le nombró Irrigación El Rosario.

Sus hijos y nietos, entre los que se cuenta a Alejandro Solís, un ex policía, no reside en el terreno arqueológico materia del desalojo, y no cuenta con ningún título de propiedad que le permita permanecer en el terreno estatal y menos realizar negocios agrícolas.

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(FIN) NDP/TMC/MAO
JRA

Publicado: 2/6/2022