Andina

Prorrogan estado de emergencia en el Vraem y en la franja territorial del gas natural

Fuerzas Armadas mantienen el control del orden en el ámbito del Vraem y en la franja territorial "Eje Energético del Cevraem". ANDINA/Difusión

Fuerzas Armadas mantienen el control del orden en el ámbito del Vraem y en la franja territorial "Eje Energético del Cevraem". ANDINA/Difusión

09:09 | Lima, oct. 15.

El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en diversos distritos de las provincias de Huanta y La Mar, región Ayacucho; Tayacaja y Churcampa, en Huancavelica; La Convención, en Cusco; y en Satipo, Concepción y Huancayo, en Junín.

Así lo declara el Decreto Supremo N° 169-2020-PCM publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma incluye en la medida de excepción a la Franja Territorial denominada "Eje Energético del Cevraem" de cinco kilómetros a cada lado del Sistema de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural de Cusco-Ica-Lima.

Subraya que la franja territorial "Eje Energético del CE-Vraem" comprende desde el centro poblado “Nuevo Mundo”, río “Urubamba” aguas arriba, Camisea, la Planta de Fraccionamiento Malvinas, hasta el Kilómetro Progresivo (KP) del Ducto de Transporte de Gas KP 80, comprendiendo los centros poblados de Ivochote, Kiteni, Yuveni y Santa Ana, hasta el límite entre los distritos de Echarate y Villa Kintiarina, de la provincia de La Convención, departamento del Cusco.


El Decreto Supremo recuerda que durante la vigencia del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en  el artículo 2° de la Constitución Política del Perú.

Dispone, asimismo, que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno durante el estado de emergencia declarado en los distritos comprendidos en la medida. La Policía Nacional del Perú apoya a las Fuerzas Armadas para el logro de dicho objetivo en las zonas declaradas en Estado de Emergencia.

Subrayó que la actuación de las Fuerzas Armadas se rige por las normas del Derecho Internacional Humanitario, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

La norma refiere, además, que se dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en los distritos del Vraem indicados y en la Franja Territorial "Eje Energético del Cevraem", conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, así como en el Decreto Supremo N° 004-2013-DE, que precisa los alcances del Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en estado de emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del Orden Interno.

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(FIN) MAO

Publicado: 15/10/2020