Andina

Prorrogan estado de emergencia en distritos de dos provincias de Huánuco y Pasco

Para seguir la lucha contra actos delictivos

La medida regirá desde mañana domingo 24 de noviembre, a fin de continuar con la lucha frontal contra el crimen organizado, el tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, terrorismo, secuestro, extorsión, homicidio y tala ilegal de madera.

La medida regirá desde mañana domingo 24 de noviembre, a fin de continuar con la lucha frontal contra el crimen organizado, el tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, terrorismo, secuestro, extorsión, homicidio y tala ilegal de madera.

11:36 | Lima, nov. 23.

El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por 60 días calendario, en varios distritos de la provincia de Puerto Inca, en el departamento de Huánuco; y de la provincia de Oxapampa, en el departamento de Pasco, para seguir enfrentando diversos actos delictivos en estas jurisdicciones.

Se trata de los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis, Codo del Pozuzo y Honoria de la provincia huanuqueña de Puerto Inca; así como de Constitución, Palcazú y Puerto Bermúdez de la provincia pasqueña de Oxapampa.

La medida regirá desde mañana domingo 24 de noviembre, a fin de continuar con la lucha frontal contra el crimen organizado, el tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, terrorismo, secuestro, extorsión, homicidio y tala ilegal de madera; lo que constituye una amenaza para la paz, la seguridad, las políticas de desarrollo y metas trazadas por el Gobierno Central en dicha zona del territorio nacional.

Así lo precisa el Decreto Supremo Nº 182-2019-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 


De igual modo, el Poder Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por el término de 60 días calendario también a partir de mañana 24 de noviembre de 2019, en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto. 

Al advertir las autoridades la problemática en las referidas provincias, ante el incremento de delitos transnacionales como el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, tráfico de armas y minería ilegal, entre otros; precisa el Decreto Supremo Nº 184-2019-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 

En ambos casos, la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante la prórroga del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, respectivamente.

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

Tamnbién lea:


El presente decreto supremo es refrendado por el presidente de la República, Martín Vizcarra; el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos; y los ministros de Defensa, Walter Martos Ruiz; del Interior, Carlos Morán Soto; y de Justicia y Derechos Humanos, Ana Revilla Vergara.

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(FIN) TMC 


Publicado: 23/11/2019