El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Energía y Minería (Osinergmin), otorgó una medida transitoria de excepción a Pluspetrol Perú de la obligación de inscripción en el Registro de Hidrocarburos a fin de realizar actividades como importador y comercializador de gas licuado de petróleo (GLP) en la planta de abastecimiento operada por Solgas.
De acuerdo con la Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2021-OS/CD, publicada en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales, la medida rige desde el 29 de marzo al 7 de abril de este año y actividades de comercialización de GLP en la misma planta desde el 13 de marzo al 7 de abril del 2021.
Según la norma Pluspetrol Perú, durante el plazo de la medida transitoria, podrá realizar actividades como importador y de comercialización de GLP en la planta de abastecimiento de Solgas, ubicada en el Callao; para lo cual deberá cumplir con todas las disposiciones de seguridad y comerciales establecidas.
Para poder desarrollar estas actividades, Pluspetrol Perú debe mantener vigente la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual presentada, durante el plazo de excepción.
Asimismo, deberá presentar la siguiente información hasta el 31 de marzo de 2021, a fin de regularizar el trámite de inscripción en el Registro de Hidrocarburos como importador y comercializador de GLP:
- El contrato de recepción, almacenamiento y despacho (RAD) a firmar con Solgas S.A. que lo autorice a utilizar una franja de almacenamiento en su Planta de Abastecimiento GLP.
- Los términos de referencia de la importación y el correo de confirmación del proceso de licitación internacional realizado que presentó en su solicitud, traducidos al español.
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(FIN) VLA