Andina

Pleno del JNE suspende al gobernador regional de Tacna

Por tener sentencia de prisión preventiva impuesta por el Poder Judicial

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones suspendió a Omar Gustavo Jiménez Flores en el cargo de gobernador regional de Tacna. ANDINA/Norman Córdova

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones suspendió a Omar Gustavo Jiménez Flores en el cargo de gobernador regional de Tacna. ANDINA/Norman Córdova

15:07 | Lima, dic. 18.

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) suspendió a Omar Gustavo Jiménez Flores en el cargo de gobernador regional de Tacna, por contar con orden de prisión preventiva por 13 meses por los presuntos delitos de cohecho pasivo propio y colusión en agravio de dicha instancia de gobierno.

Mediante la Resolución 3555-2018-JNE, el colegiado del JNE dejó sin efecto la credencial otorgada a Jiménez Flores y convocó en su reemplazo al vicegobernador Guzmán Fernández Delgado para que asuma el cargo mientras se resuelva la situación jurídica del suspendido gobernador. 

El pleno del JNE tomó la decisión porque Omar Jiménez tiene orden de prisión preventiva por 13 meses.

En ese sentido, dispuso que se otorgue la credencial respectiva a Fernández Delgado.

En sus considerandos, el organismo electoral señala que el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva por 13 meses en contra de Jiménez Flores por los cargos antes mencionados.

Refiere, además, que cuando se trata de una sentencia emitida por un juez competente, en un proceso judicial regular, la suspensión debe ejecutarse indefectiblemente en el fuero electoral.

Finalmente, el pleno del JNE establece que la causal aplicable al suspendido gobernador tiene como finalidad procurar y garantizar el correcto desenvolvimiento de las funciones ejecutivas del gobierno regional.   

De acuerdo con la resolución, Jiménez Flores incurrió en la causal de suspensión prevista en el artículo 31, numeral 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la cual señala que procede esta medida cuando existe mandato firme de detención derivado de un proceso penal.

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(FIN) NDP/JOT

JRA

Publicado: 18/12/2018