PJ ante la ONU: se evaluarán efectos de cambios en normas sobre activos ilícitos

ANDINA/Difusión

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09:30 | Lima, set. 4.

El Poder Judicial informó en Naciones Unidas que analiza los efectos de la Ley 32326 y de la interpretación del Tribunal Constitucional respecto a la extinción de dominio, subrayando que cada caso será evaluado con independencia e imparcialidad.

El coordinador del Sistema de Extinción de Dominio, Manuel Luján Túpez, señaló en Viena (Austria) que la reciente modificación de la normativa exige “evaluar con atención, imparcialidad e independencia los efectos y resultados de los cambios legislativos”.

Explicó que la Ley 32326 dispone que solo con sentencia condenatoria firme se pueda extinguir activos ilícitos, lo que contrasta con el Decreto Legislativo N.º 1373, que permitió el decomiso sin condena previa.


Durante su intervención en la sesión de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), Luján recordó que el proceso de extinción de dominio se basa en el artículo 54 de la Convención, que promueve la recuperación de activos sin necesidad de condena penal.

Desde su implementación, hace poco más de seis años, se han logrado recuperar o extinguir más de US$ 191 millones en activos ilícitos”, subrayó.

Caso por caso

El magistrado también mencionó la Sentencia 135/2025 del Tribunal Constitucional, que interpreta que la UNCAC no obliga a contar con un proceso de extinción de dominio. Al respecto, Luján aclaró que los jueces del Poder Judicial resolverán caso por caso y siempre bajo un enfoque técnico y autónomo.

En su exposición, Luján advirtió que la corrupción vinculada al crimen organizado representa un grave desafío para la seguridad y la gobernabilidad del país.

Esta problemática representa una seria preocupación para la seguridad y la gobernabilidad del país, particularmente cuando las estructuras delictivas logran influir en las instituciones públicas, se afecta la integridad del servicio público y la confianza ciudadana”, sostuvo.

Por ello, el magistrado insistió en que es vital mantener un diálogo técnico, jurídico y político entre los distintos actores del Estado para asegurar una respuesta coherente y efectiva frente al crimen organizado.

Extinción de dominio como herramienta

Luján recalcó que la extinción de dominio es un mecanismo jurídico complementario para privar a las organizaciones criminales de los bienes de origen ilícito, incluso sin condena previa.

De esta manera, recalcó, que se busca cortar el flujo económico del crimen, evitar el blanqueo de capitales y debilitar la acumulación de riqueza ilícita por parte de las organizaciones delictivas.

Cabe señalar que el Sistema de Extinción de Dominio del Perú ejerce la rectoría de los órganos jurisdiccionales encargados de declarar la legalidad o ilegalidad de los bienes o activos que poseen las personas denunciadas de corrupción o de otros delitos graves, o bienes vinculados a actividades ilícitas; en particular los relacionados a la delincuencia u organizaciones criminales.

Finalmente, el magistrado peruano participa en Viena en la 16° sesión del Grupo de Examen de la UNCAC, además de la 14° Reunión Intergubernamental sobre Cooperación Internacional y la 19° Reunión sobre Recuperación de Activos.

En estos espacios se discuten temas como la identificación de beneficiarios finales, las buenas prácticas contra la corrupción y el seguimiento de la declaración política de la UNGASS 2021.

(FIN) ETA/JCC
JRA

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Publicado: 4/9/2025