Piura: JEE anula elección en San Juan de Bigote por daños al material electoral

La decisión puede ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones

Imagen de la jornada electoral del 4 de octubre en el distrito de San Juan de Bigote. Foto: Mario Moncada

Imagen de la jornada electoral del 4 de octubre en el distrito de San Juan de Bigote. Foto: Mario Moncada

22:17 | Piura, oct. 9.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Morropón declaró la nulidad total de las elecciones municipales en el distrito de San Juan de Bigote, provincia de Morropón, mediante la Resolución N.° 00811-2026-JEE-MORR/JNE, emitida el 8 de octubre, tras los hechos de violencia registrados durante la jornada electoral del domingo 4 de octubre.

La resolución declara fundada la solicitud presentada por Julio César Seminario Espinoza, personero legal de Alianza para el Progreso, y aplica la causal prevista en el literal a) del artículo 36 de la Ley de Elecciones Municipales, referida a graves irregularidades que hayan modificado los resultados de la votación.

Según información difundida por medios de comunicación, los actos vandálicos afectaron 20 de las 23 mesas de sufragio instaladas en el distrito. La afectación del material electoral impidió contar con condiciones para determinar los resultados de la elección municipal distrital.


JEE rechaza pedido de recuento


En su resolución, el JEE también desestimó la oposición presentada por Alexis Bryan Atencio Díaz, personero legal nacional del Partido Democrático Somos Perú, así como el pedido de recuento de las cédulas recuperadas.

El JEE dispuso que el material electoral permanezca bajo custodia y preservación de las autoridades competentes. 

Asimismo, ordenó que, una vez consentida la resolución, se remita copia certificada a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Morropón y se ponga el caso en conocimiento del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chulucanas.

La resolución puede ser impugnada mediante un recurso de apelación dentro de los tres días hábiles siguientes a su publicación en el portal electrónico del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). De presentarse el recurso, el expediente será elevado al pleno del máximo organismo electoral.

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(FIN) MMC/CCH

Publicado: 9/10/2026