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Perú fortalece la libre competencia con reglamento de Ley Antimonopolio

Norma tiene enfoque preventivo y eleva estándares a niveles internacionales

ANDINA/Difusión

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18:50 | Lima, mar. 4.

El Perú fortalece la política de libre competencia con la aprobación del reglamento de la Ley Antimonopolio, señaló hoy la presidenta del Consejo Directivo del Indecopi, Hania Pérez de Cuéllar.

A través del Decreto Supremo N° 039-2021-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó el reglamento de la ‘Ley que establece el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial’ (Ley N° 31112), más conocida como la “Ley Antimonopolio”.

Esta norma otorga facultades al Indecopi para revisar fusiones o concentraciones que se produzcan en cualquiera de los sectores económicos del país, lo que permitirá preservar las condiciones de competencia en el mercado en beneficio de la ciudadanía.

“Teníamos normas de sanción a las prácticas monopólicas, pero no con enfoque preventivo. Esto es lo que faltaba para fortalecer la política de libre competencia del país”, subrayó Pérez de Cuéllar.

“De haberse aprobado una ley de este tipo en el pasado se hubiera podido revisar operaciones ocurridas en mercados que hoy están altamente concentrados como el mercado del oxígeno, por ejemplo”, dijo, durante la presentación del nuevo Centro Especial de Monitoreo del Indecopi.

Asimismo señaló que, este hito representa una lucha de más de 15 años del Indecopi con el objetivo de fortalecer la política de libre competencia y elevar al Perú a estándares internacionales en materia de política económica.

“El Perú era uno de los pocos países de la región y del mundo que no contaba con un marco legal que vigilara las fusiones empresariales que puedan representar una amenaza frente a los ciudadanos a través de prácticas monopólicas y posiciones de dominio que distorsionen la propia naturaleza del libre mercado”, indicó.




Reglamento


El reglamento de la “Ley Antimonopolio” contempla 8 capítulos, 33 artículos, 6 disposiciones complementarias finales y 3 disposiciones complementarias transitorias a través de las cuales, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi evaluará las operaciones de concentración que superen los umbrales de ventas y activos previstos en la norma.

Asimismo, establece que, en base a la evaluación que se realice, la CLC podrá tomar tres decisiones: 1) aprobar la fusión empresarial sin condiciones; 2) aprobar la fusión empresarial con condiciones; 3) denegar la fusión de las empresas.

En cuanto al proceso de evaluación previo, si se determina que la operación de concentración no plantea un alto riesgo contra la libre competencia, el procedimiento concluye en primera fase, en un plazo máximo de 30 días hábiles.

De lo contrario, se da inicio a la segunda fase, que tiene un plazo máximo de 90 días hábiles, prorrogables por 30 días hábiles adicionales.

El Indecopi destacó, además, que la “Ley Antimonopolio” contempla la posibilidad de que los agentes económicos realicen consultas de carácter orientativo a la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi, con la finalidad de determinar si la operación estaría sujeta a los términos de la ley.


Agradecimientos


Finalmente, Hania Pérez de Cuéllar destacó el trabajo coordinado entre el Congreso y el Ejecutivo para lograr esta normativa, y por ello agradeció a la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez y a la congresista Zenaida Solís, del Partido Morado, que hizo suyo este proyecto y los 91 congresistas que votaron a favor.

Por el lado del Ejecutivo, agradeció el apoyo del presidente de la República, Francisco Sagasti; la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; el ministro de Economía, Waldo Mendoza; la superintendenta de Banca y Seguros, Socorro Heysen, además de todo el equipo técnico de alto nivel del Indecopi. 

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(FIN) NDP / MDV 

Publicado: 4/3/2021