Andina

Perú aprueba préstamo contingente de US$ 120 millones con la CAF

Para el fortalecimiento de los sistemas sanitarios

Foto: ANDINA.

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07:52 | Lima, set. 30.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó un préstamo contingente de hasta 120 millones de dólares, que será acordado entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento (CAF).

Mediante Decreto Supremo 225-2022-MEF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se autorizó dicho préstamo denominado “Préstamo sectorial contingente, de libre disponibilidad, para el apoyo y el fortalecimiento de los sistemas sanitarios en el marco de la pandemia en Perú”.

La norma señala que la cancelación del citado préstamo contingente con la CAF es en nueve años, que incluye un periodo de gracia de 72 meses, mediante el pago de siete cuotas semestrales y consecutivas, venciendo la primera cuota a los 72 meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.

El préstamo devenga una tasa de interés basada en la tasa SOFR, más un margen de 1.75 % anual, de acuerdo a la política establecida por la CAF. Durante los primeros ocho años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del contrato, la CAF financiará con carácter no reembolsable, en 85 puntos básicos de la tasa de interés.

Asimismo, el referido préstamo contingente está sujeto a una comisión de compromiso del 0.35 % anual sobre el saldo no desembolsado, que empezará a devengarse a los 60 días de la fecha de suscripción del contrato, así como a una comisión de financiamiento equivalente a 0.65 % sobre el monto del préstamo, de acuerdo a la política establecida por la CAF.

Además, la norma autoriza al MEF, a través de la Dirección General del Tesoro Público, para que en el marco del préstamo contingente pueda solicitar las denominadas operaciones de manejo de deuda correspondientes a las facilidades de conversión de moneda y de conversión de tasa de interés.

El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione el préstamo contingente que se aprueba es atendido por el MEF, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

Por último, la resolución estipula que la unidad ejecutora es el MEF, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público.


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(FIN) CNA/JJN
GRM

Publicado: 30/9/2022