En el primer día de la venta de kits electorales, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recibió 20 solicitudes para la Consulta Popular de Revocatoria 2025, indicó Melisa Garro, subgerente de Atención al Ciudadano del organismo electoral.
“A la fecha hemos podido encontrar que hay siete solicitudes de kits que han entrado a nivel de la página web y ahorita hay 13 que han ingresado de manera formal por mesa de partes física”, refirió en TV Perú.
El procedimiento
Aclaró que el proceso de revocatoria tiene etapas y plazos, y se inicia con la presentación de las solicitudes de venta de kitselectorales con el formulario donde el promotor debe detallar los datos generales; identificar el tipo de autoridad que piensa revocar a nivel provincial, distrital o regional y los motivos por los cuales se quiere revocar a la autoridad.
Se adjunta además, según refirió, la copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del promotor, con residencia en el lugar donde se encuentra la autoridad que se quiere revocar, y el pago de una tasa de 85.70 soles en el Banco de la Nación.
“Luego de presentar estos requisitos, se ingresa por mesa de partes física o virtual, los ciudadanos en provincia pueden hacerlo también en las Oficinas Regionales de Coordinación. ONPE tiene 9 días para revisar si cumple o no con los requisitos de forma y de fondo”, explicó.
Si no hay observaciones, se emite una resolución declarando la procedencia de la solicitud y recién se procede con la entrega del kit electoral para la recolección de firmas, refirió.
Número de firmas
Las firmas tendrán que ser presentadas por el promotor de la revocatoria ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para el proceso de verificación. Si cumple con este paso, se le entrega una constancia con la cual se solicita la revocatoria en la ONPE.
El JNE convocará a la Consulta Popular de Revocatoria 2025 el 10 de marzo de 2023, proceso que se realizará el 8 de junio.
Autoridades sometidas a revocatoria
Las autoridades que pueden ser sometidas a consulta de revocatoria son el gobernador regional, el vicegobernador regional y los consejeros regionales, asimismo, los alcaldes provinciales y distritales y los regidores provinciales y distritales.
(FIN) FHG/CVC
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Publicado: 3/6/2024