Nuevo aumento a docentes: ¿a cuánto asciende y cuántos son los beneficiarios?

Minedu cumple con segundo tramo de incrementos remunerativos a los profesores

Docentes de todo el Perú ya recibieron el segundo tramo de incrementos remunerativos, cumpliendo así con el compromiso asumido por el Gobierno de revalorizar la labor docente y fortalecer la Carrera Pública Magisterial. Foto: ANDINA/Difusión

Docentes de todo el Perú ya recibieron el segundo tramo de incrementos remunerativos, cumpliendo así con el compromiso asumido por el Gobierno de revalorizar la labor docente y fortalecer la Carrera Pública Magisterial. Foto: ANDINA/Difusión

12:47 | Lima, dic. 1.

El Gobierno publicó el Decreto Supremo N.º 277-2025-EF, que fija el nuevo valor hora de la primera escala magisterial en S/ 116,69 y oficializa el segundo tramo del incremento salarial que ya llegó a más de 426,000 docentes en todo el país. Esta medida beneficia tanto a docentes nombrados de la Carrera Pública Magisterial (CPM) como a los contratados bajo la Ley 30328.

¿Quiénes reciben el aumento?

-Docentes nombrados de la Carrera Pública Magisterial (CPM). 

-Docentes contratados regidos por la Ley 30328 (Educación Básica y Técnico-Productiva). 

¿Cuánto es el nuevo valor hora de referencia?

S/ 116,69 por hora (valor de referencia de la Primera Escala Magisterial).



¿A cuánto ascienden los sueldos según jornada y escala?

Docentes (jornada 30 horas): entre S/ 3,500 y S/ 7,351 según escala magisterial. 
Docentes (jornada 40 horas): entre S/ 4,667 y S/ 9,801 según escala magisterial. 

Remuneración para docentes contratados

El profesor contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente de la Ley Nº 30328 (Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones) percibe una remuneración mensual de acuerdo con la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, regulada en la Ley Nº 29944 y en la Ley Nº 30328, conforme al siguiente detalle:

Modalidad / Forma

Nivel / Ciclo

Jornada laboral

Remuneración mensual

S/

Educación Básica Regular – EBR

Inicial

30

3 500,70

Primaria

30

3 500,70

Secundaria

30

3 500,70

Educación Básica Especial – EBE

Inicial

30

3 500,70

Primaria

30

3 500,70

Educación Básica Alternativa – EBA

Inicial / Intermedio

30

3 500,70

Avanzado

30

3 500,70

Educación Técnico Productiva – ETP

Básico y Medio

30

3 500,70



El profesor contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente de la Ley Nº 30328, que labora menos de la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, percibe la remuneración mensual de forma proporcional a las horas contratadas.

En tanto, el mismo Decreto Supremo fijó un pago de S/ 4 667,60 para profesores contratados que trabajan como coordinadores en el Programa No Escolarizado de Educación Inicial (Pronoei) o como Docente Coordinador en la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC), o en la Oficina Diocesana de Educación Católica (ODEC).


Jornada de trabajo adicional

Asignación por jornada de trabajo adicional (para quienes ocupan encargaturas/directivos o especialistas). La norma fija montos por escala magisterial -por ejemplo, para profesores de 30 horas la asignación va desde S/ 1,166.90 (Primera) hasta S/ 2,450.49 (Octava). 

Aquí el detalle cuando se trata de una institución multigrado o polidocente:

Escala Magisterial

Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/

Profesor de 30 horas

Octava

2 450,49

Sétima

2 217,11

Sexta

2 042,08

Quinta

1 750,35

Cuarta

1 516,97

Tercera

1 400,28

Segunda

1 283,59

Primera

1 166,90




En una institución educativa unidocente:

Escala Magisterial

Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/

Profesor de 30 horas

Octava

2 450,49

Sétima

2 217,11

Sexta

2 042,08

Quinta

1 750,35

Cuarta

1 516,97

Tercera

1 400,28

Segunda

1 283,59

Primera

1 166.90



¿Cuántos docentes ya recibieron el aumento?

El Minedu informó que más de 426,000 docentes ya recibieron el segundo tramo del incremento remunerativo (pago efectuado en noviembre). 


¿Cómo se financia?

El Decreto Supremo indica que la medida se financiará con cargo a los recursos previstos en el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) actualizará los nuevos montos en el Aplicativo Informático de Recursos Humanos (AIRHSP). 

El Decreto Supremo N.° 277-2025-EF fue publicado el último sábado en el diario oficial El Peruano; además, el MEF actualizará los montos en el AIRHSP, donde deberían verse los importes aplicados. 


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(FIN) RRC

Publicado: 1/12/2025