Normas Legales: ONPE modifica reglamento sobre destrucción de cédulas de sufragio

ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

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23:00 | Lima, ago. 28.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) publicó una resolución modificando el Reglamento para el recuento de votos, conservación y destrucción de cédulas de sufragio.

Esta medida se oficializa a través de una la Resolución Jefatural N° 000139-2026-JN/ONPE, publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En tal sentido, se establece modificar los artículos 10 y 11 del Reglamento para el recuento de votos, conservación y destrucción de cédulas de sufragio, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000075-2025-JN/ONPE.

Para el caso del artículo 10, precisa que publicada la proclamación de resultados del proceso electoral por parte del Jurado Nacional de Elecciones, la ONPE notifica al Ministerio Público, al JNE y a los personeros legales de las organizaciones políticas, el lugar en el que se llevará a cabo la destrucción de las cédulas de sufragio, precisando la fecha y hora de inicio de la actividad. 

"La inasistencia de uno o más personeros no impide ni posterga la destrucción de las cédulas", agrega.

Mientras que la modificación del artículo 11, refiere que la ONPE establece la forma de destrucción de las cédulas de sufragio, la que será notificada oportunamente.

Asimismo, establece poner en conocimiento de lo dispuesto al JNE y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

Además, dispone la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el portal web oficial de la ONPE alojado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en el Portal de Transparencia, dentro de los tres días de su emisión.

(FIN) JCC

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Publicado: 28/8/2026