El Congreso oficializó la ley que fortalece el Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Sinapedis), a fin de mejorar la efectiva prestación de servicios de asistencia personal en favor de esta población en vulnerabilidad.
Mediante el fortalecimiento del Sinapedis, dictada por
Ley 31789 y publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial
El Peruano,
se busca garantizar el desarrollo integral, y con la mayor autonomía posible, de las personas con discapacidad en situación de dependencia que requieran de asistencia personal.
Así como brindar facilidades para promover el desarrollo laboral, educativo y económico de dichas personas y de aquellas que brinden el servicio de asistencia personal o que realicen funciones de cuidadores, en lo que corresponda.
La presente ley declara de interés nacional y de necesidad pública la regulación, el reconocimiento y la responsabilidad del cuidador de personas con discapacidad en situación de pobreza y vulnerabilidad a escala nacional.
Señala, asimismo, que los gobiernos regionales y locales promueven la formación continua de las personas que brindan cuidados o servicios de asistencia a personas con discapacidad.
El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
(Conadis), en coordinación con el Ministerio de Educación, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y otros que considere pertinentes, desarrolla los contenidos para garantizar una formación continua y adecuada de las personas que brindan cuidados o servicios de asistencia a personas con discapacidad.
El Ministerio de la Mujer a través del Conadis, lleva un registro de las personas que brindan cuidados o servicios de asistencia personal a personas con discapacidad y de aquellas que reciben los cursos de formación continua.
Se entiende por servicio de asistencia personal al servicio prestado por un cuidador que realice o colabore en tareas de la vida cotidiana, realizadas dentro o fuera del hogar, que contribuyan con el bienestar físico, biológico y emocional de las personas con discapacidad en situación de dependencia que requieran de asistencia personal.
Pueden ser actividades de aseo e higiene, alimentación y toma de medicamentos, vestido, acompañamiento y ayuda en el desplazamiento, apoyo en la comunicación, actividades de recreación o deporte, entre otras.
La norma establece que el Conadis promoverá la participación del sector público y privado, la plena efectividad de los derechos reconocidos en el marco legal que regula la protección y acompañamiento de las personas con discapacidad.
(FIN) CVC
GRM
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Publicado: 16/6/2023