Andina

Ni bolsas de plástico ni tecnopor: ¿cómo se aplica Ley de plásticos en el sector público?

ANDINA

ANDINA

05:00 | Lima, ago. 2.

Todas las entidades públicas en el Perú, salvo algunas excepciones, están prohibidas de comprar o utilizar bolsas de plástico, cañitas o envases de tecnopor como una forma de contribuir a la salud de los peruanos y a la conservación del medio ambiente, informó la ministra del Ambiente, Lucía Ruiz.

Desde que se aprobó en diciembre pasado la Ley N° 30884, que regula el consumo de bienes de plástico de un solo uso, el Poder Ejecutivo inició un trabajo para reducir progresivamente el uso de esos productos en el Estado.

Somos un millón 500 mil funcionarios y trabajadores públicos a nivel nacional; ellos y sus familias son parte de esto. Se trata de un primer gran cambio porque el sector público termina siendo un comprador importante de estos productos”, subrayó.

Ruiz detalló que se está trabajando con cada uno de los sectores del Estado, por ejemplo el Ejército e incluso colegios públicos, para dejar de comprar progresivamente bolsas de plástico, cañitas de plástico o envases de tecnopor.

Debe señalarse que el plástico demora más de 200 años en desaparecer. En Perú anualmente se generan 708 mil toneladas de residuos plásticos, de los cuales 43.7 % no reciben disposición adecuada, pudiendo 309 mil toneladas terminar en el mar.

Sobre el particular, Gunter Merzthal, director de Educación Ciudadana e Información Ambiental del Ministerio del Ambiente (Minam), explicó que todas las entidades del Estado están obligados a cumplir la Ley 30884, también llamada "Ley de Plásticos".

Sin embargo, aclaró que -como la norma no es retroactiva- todos los productos que hayan sido comprados por el Estado antes de su entrada en vigencia podrán seguir usándose hasta que se agoten.

“Pero desde la promulgación de la ley (diciembre del 2018) las entidades del  Estado ya no pueden comprar bolsas de plástico, cañitas ni envases de tecnopor”, enfatizó en declaraciones a la Agencia Andina. 

A su turno, Ruiz recordó que desde ayer, jueves, se paga por bolsas plásticas en bodegas y supermercados. Informó que en la segunda quincena del presente mes se publicará el Reglamento de la Ley de Plásticos, que incluirá temas de fiscalización de sanción para quienes incumplan la norma.

Con la citada ley, se estima alcanzar una reducción del 30% en el consumo de plástico innecesario al cabo del primer año de su aplicación. Cabe indicar que, hasta antes de la vigencia de la norma, en el Perú se entregaban unos 6 mil millones de bolsas anualmente. 

Bolsas

Impacto en la salud


La titular del Ambiente sostuvo que el cobro por bolsas de plástico en bodegas y supermercado busca generar conciencia entre la población para que dejen de adquirirlas y contribuyan a reducir la contaminación de ríos y mares.

“Estamos muy preocupados por lo que ocasiona el microplástico a las especies que, luego, llegan a nuestros platos y a nuestras mesas. Esta iniciativa tendrá un impacto sumamente positivo en muchos aspectos: económico, salud. Vamos a ganar todos”, subrayó.

Minam

La norma prohíbe, además, el ingreso de ese tipo de envases en Áreas Naturales Protegidas, áreas declaradas Patrimonio Cultural, áreas declaradas Patrimonio Natural de la Humanidad y museos administrados por entidades del Poder Ejecutivo.

Tampoco se permitirá el uso de bolsas o envoltorios plásticos en la entrega de información impresa a la ciudadanía en general, así como la adquisición de diarios, revistas u otros formatos de prensa escrita y otros tipos de información contenidos en bolsas o envoltorios plásticos, por las entidades del Poder Ejecutivo.

Las excepciones 


La norma también autoriza excepcionalmente la adquisición, ingreso y uso de bolsas plásticas de un solo uso cuando hay razones de asepsia o inocuidad, para contener y conservar alimentos a granel, alimentos de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados.

Se incluye además bolsas plásticas de un solo uso para la disposición de residuos, o cuando son necesarias por razones de higiene o salud, de conformidad con las normas sanitarias.

También se permitirá los sorbetes plásticos que son utilizados por necesidad médica en los establecimientos de salud, especialmente los que sean necesarios para niñas, niños, adolescentes, personas con incapacidad temporal, personas con discapacidad y personas adultas mayores.

Más en Andina:



(FIN) LIT/RRC

Publicado: 2/8/2019