Andina

Negociaciones colectivas en el Estado ahora serán más equilibradas

En un marco de disciplina fiscal

Foto: ANDINA/Difusión

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18:12 | Lima, ene. 23.

Por Miguel De la Vega

Las negociaciones colectivas en el Estado ahora serán más equilibradas, en un marco de disciplina y equilibrio fiscal, tras la publicación del Decreto de Urgencia que las regula, señaló hoy el profesor de ESAN Graduate School of Business, César Puntriano.

“Creo que la norma en términos generales es bastante positiva porque por fin se abre la puerta a negociaciones colectivas equilibradas”, declaró a la Agencia Andina.

El Decreto de Urgencia N° 014-2020, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece que toda negociación colectiva se realizará dentro del presupuesto y estudio de factibilidad del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Puntriano refirió que anteriormente a la norma emitida hoy, la legislación anterior establecía restricciones a la negociación colectiva para temas económicos, por lo que muchas veces las propuestas económicas de las entidades públicas eran cero frente al pliego de los sindicatos.

Indicó que, frente a esta situación, las partes acudían a los arbitrajes donde se emitían laudos que establecían incrementos o beneficios económicos, lo que obligaba a las entidades a solicitar partidas presupuestarias adicionales al MEF para cumplir los laudos.

“A través del arbitraje se les sacaba la vuelta a las restricciones de las normativas en cuanto a las negociaciones colectivas de contenido económico”, subrayó. 

Ahora la norma establece que el pliego de reclamos se tiene que remitir al MEF para que emita un informe previo al inicio de las negociaciones. 

“No limita la negociación colectiva, sino que da pautas, buscando el equilibrio entre el presupuesto público y el derecho a la negociación colectiva, y el informe tendrá en cuenta situaciones excepcionales como la caída en 2% del PBI, desastres naturales, entre otros”, dijo. 



Arbitrajes

Asimismo, señaló que los arbitrajes todavía están regulados, a nivel descentralizado de entidades públicas, y para ello, deberán tener en cuenta el informe del MEF. 

“De esta manera, se está limitando la discrecionalidad de los árbitros quienes que con sus pronunciamientos se saltaban cualquier tipo de limitación presupuestal. No puede haber un pliego excesivo o un arbitraje que establezca aumentos estratosféricos, tiene que haber un equilibrio y una corrección presupuestal”, indicó.

Finalmente, Puntriano, señaló que será muy importante lo que establezca el reglamento de la ley.

“Por ejemplo, en lo referido a los plazos de los informes que tiene que emitir el Ministerio de Economía y Finanzas, y el procedimiento del arbitraje dentro de la negociación colectiva”, puntualizó.

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Publicado: 23/1/2020