La Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima solicitó al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), adoptar las acciones administrativas preventivas y/o sancionadoras pertinentes, para prohibir la intermediación del servicio de taxi mediante aplicativos virtuales con proveedores informales.
Asimismo, pidió prohibir la publicación como supuestos beneficios para los consumidores, de las obligaciones y requisitos que deben cumplir por ley; y sancionar a las empresas intermediarias que promuevan la informalidad.
El pedido se sustenta
al haberse verificado que la mayoría de empresas intermediarias de los servicios de taxi, promociona este tipo de servicios fuera de la ley.
Según la legislación peruana, para ser proveedor del servicio de taxi, se tendría que contar con la
autorización y registro municipal respectivo, tanto a nivel del conductor como del vehículo utilizado (SETAME/SETACA, por ejemplo).
El objetivo es proteger de manera directa a miles de usuarios a nivel nacional, pues con ello podrán acceder a un servicio formal de calidad y mucho más seguro al contar con un taxista debidamente autorizado.
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(FIN) NDP/ART
JRA
Publicado: 12/11/2019