El Ministerio de Salud (Minsa) señaló que la resolución emitida por el Indecopi a favor de que determinadas empresas farmacéuticas no solo vendan medicamentos sino que también puedan comercializar víveres y ofrecer consultas médicas, “es contraria a la normatividad vigente”.
En ese sentido, se indica que “el Minsa actuará en el marco de sus competencias y en salvaguarda de la salud de todos los peruanos”, frente a la mencionada disposición, emitida en base a una demanda de las empresas Mifarma, Botica IP y Jorsa de la Selva.
Mediante un comunicado difundido hoy, la referida cartera ministerial indica que las disposiciones que actualmente se aplican tienen el objetivo de “garantizar que los productos farmacéuticos que se dispensan en las farmacias y boticas no se vean afectados en su calidad, eficacia y seguridad”.
El Minsa argumenta que existen disposiciones que prohíben lo que la resolución 0102-2024/SEL-INDECOPI considera como “barreras burocráticas” que deben de eliminarse.
Argumentos contra la resolución
Así, se recuerda que la prohibición de vender víveres en farmacias y boticas está consignada en la resolución directoral 006-2015, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. Esta incluye un listado de aquellos artículos que no tienen autorización para ser expendidos en los mencionados establecimientos.
Asimismo, la prohibición de brindar servicios de consultas médicas en dichos locales se encuentra consignada en el decreto supremo 014-2011-SA (Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos).
“El Indecopi está disponiendo que las boticas pertenecientes a tres empresas podrán comercializar, en sus establecimientos farmacéuticos, víveres, además de brindar servicios de consultas médicas, lo que está prohibido actualmente”, señala el Ministerio de Salud.
En ese sentido, se indica que “la citada resolución es contraria a la normatividad vigente”.
(FIN) FGM
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Publicado: 2/3/2024