10:09 | Lima, ago. 14 (ANDINA).
El Ejecutivo, a través del Ministerio de Defensa, reglamentó el proceso de reenganche en las Fuerzas Armadas, el cual se efectuará a pedido del propio personal que quiera continuar en la institución castrense tras haber cumplido con su servicio militar.
De acuerdo al artículo 78 del Reglamento de la Ley del Servicio Militar, publicado hoy en Normas Legales, el reenganche se formalizará mediante un contrato suscrito entre el interesado y la institución armada por periodos sucesivos de dos años.
La norma precisa que se puede solicitar la cancelación del contrato pasado un periodo de tres meses, en las condiciones y con los requisitos que determine cada arma.
Además, establece que la asignación económica mensual será incrementada en un 50 por ciento en el primer mes de su reenganche.
También, determina que después de un segundo periodo, los reenganchados pueden acceder directamente a la jerarquía de Personal Subalterno, siempre y cuando cumplan con los requisitos y las condiciones que determine para tal efecto cada institución castrense.
Entre los requisitos para acceder al reenganche figuran: ser peruano de nacimiento, soltero, acreditar buena conducta durante su servicio militar acuartelado y no permanecer fuera de él por más de 12 meses después de su licenciamiento.
Ser seleccionado por el Comando de la Unidad o a pedido de la Unidad interesada y tener como nivel mínimo de instrucción el quinto año de secundaria.
El jefe del Comando Conjunto de las FF.AA, Francisco Contreras y el comandante general del Ejército, Otto Guibovich han afirmado que el reenganche permitirá capitalizar el potencial militar.
Inclusive, pidieron al Congreso la aprobación de un proyecto de ley que permita reenganchar al personal licenciado de la institución castrense.
El dispositivo también precisa que el personal dado de baja por tiempo cumplido en el servicio militar acuartelado y no acuartelado se denomina licenciado, el cual pasará a formar parte de la Reserva Orgánica, ostentando el grado que obtuvo durante su permanencia.
El licenciado tendrá derecho a una gratificación en forma proporcional al tiempo de servicio prestado, monto que será fijado mediante decreto supremo.
Asimismo, el Ministerio de Educación les brindará las facilidades para convalidar estudios superiores tecnológicos y los exonerará de todo pago para la obtención de certificados y títulos a nombre de la Nación, entre otros.
(FIN) CVC/GCO
Publicado: 14/8/2009