Minedu establece criterios para evaluar desempeño de directivos de colegios

Salón de clases escolares. Foto: ANDINA/archivo.

Salón de clases escolares. Foto: ANDINA/archivo.

11:12 | Lima, ago. 23.

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la Norma Técnica que regula la evaluación del desempeño de los directivos de instituciones educativas de Educación Básica, con el objetivo de establecer criterios y procedimientos para determinar su continuidad en el cargo.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Viceministerial N.° 152-2026-MINEDU, publicada el 21 de agosto de 2026 en el diario oficial El Peruano, que aprueba la norma técnica en el marco de la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

La evaluación del desempeño en cargos directivos es obligatoria y se realiza cada cuatro años. Su finalidad es comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de sus funciones, sobre la base de indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo.


De acuerdo con la norma, los profesores pueden acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral de la Carrera Pública Magisterial por un periodo de cuatro años. Al término de ese periodo deben ser evaluados para determinar si continúan en el cargo por un periodo adicional o retornan a su cargo docente.

La aprobación de la evaluación determina la continuidad del directivo en el cargo, mientras que la desaprobación genera su retorno al cargo docente, conforme a lo establecido en la Ley de Reforma Magisterial.

La norma técnica aprobada por el Minedu establece el modelo de evaluación, los criterios técnicos y los procedimientos para la organización, implementación y ejecución de este proceso en los cargos directivos de instituciones educativas de Educación Básica.


Asimismo, contempla las estrategias, técnicas e instrumentos que serán utilizados durante la evaluación del desempeño, los cuales pueden ser aplicados directamente por el Minedu o por entidades especializadas, para su posterior consolidación por los integrantes de los Comités de Evaluación.

El Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial establece que la evaluación debe realizarse con base en los indicadores de desempeño correspondientes a cada tipo de cargo. De esta manera, el proceso busca determinar el cumplimiento de las funciones directivas y la eficacia y eficiencia de quienes ejercen estos puestos.

La Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD) y las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada serán las encargadas, dentro de sus respectivas competencias, de cumplir las disposiciones establecidas en la norma técnica.

La resolución precisa además que la implementación de la medida no irrogará gastos adicionales al presupuesto del Ministerio de Educación, pues será financiada con los recursos presupuestarios disponibles del sector.

Más en Andina:



(FIN) LIT


Publicado: 23/8/2026