Andina

Midagri amplía el mandato de las organizaciones de usuarios de riego

Ministro Federico Tenorio ratificó política de puertas abiertas y diálogo permanente con organizaciones agrarias

La ANA fue autorizada para que en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir del 1 de junio de 2021, convoque a un proceso electoral extraordinario de las organizaciones de usuarios de riego de agua, a fin de renovar los consejos directivos del período 2021-2024.

La ANA fue autorizada para que en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir del 1 de junio de 2021, convoque a un proceso electoral extraordinario de las organizaciones de usuarios de riego de agua, a fin de renovar los consejos directivos del período 2021-2024.

14:26 | Lima, dic. 30.

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) amplió el mandato de los actuales consejos directivos de las organizaciones de usuarios de riego, mediante la promulgación del Decreto de Urgencia N° 143-2020.

De acuerdo a la norma publicada en el Diario “El Peruano” se autoriza a la Autoridad Nacional de Agua (ANA) para que en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir del 1 de junio de 2021, convoque a un proceso electoral extraordinario de las organizaciones de usuarios de riego de agua, a fin de renovar los consejos directivos del período 2021-2024.

La misma disposición legal establece la continuidad de los mandatos de los actuales consejos directivos de las organizaciones de sus Comités de Administración Temporal y de los otros órganos de similar denominación indicados  por la ANA hasta el día hábil siguiente de notificado el resultado de la elección por el comité electoral o el comité de impugnaciones, según corresponda.


En ese sentido, el nuevo consejo directivo de las organizaciones de usuarios de riego, sujeta su período de mandato al plazo que quede por transcurrir de los cuatro años originalmente previstos en la Ley N° 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua.

Para los citados efectos de la medida, la Administración Local de Agua de la ANA  comunicará mediante oficio la continuidad de los mandatos de los consejos directivos, Comités de Administración Temporal y otros similares de las organizaciones de usuarios de agua.

Como se sabe, la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua – Ley N° 30157 y su Reglamento – Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI, tienen por objeto regular la constitución y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, en su rol como operadores de infraestructura hidráulica.

Por su parte, el ministro del sector, Federico Tenorio Calderón, recalcó que el Midagri viene impulsando una política  de puertas abiertas y diálogo permanente con todas las organizaciones agrarias para resolver sus demandas dentro de un marco de diálogo alturado y pacífico, con el único propósito de velar por el desarrollo de la Agricultura Familiar.

También subrayó que el ministerio considera que si alguna organización agraria formula propuestas o proyectos en beneficio directo de la Agricultura Familiar, contará con la asistencia técnica del sector Agricultura 


“El sector Agricultura viene realizando un programa de inversiones, ejecución de obras y proyectos de infraestructura hidráulica, instalación de tecnología de riego, la conformación de Núcleos Ejecutores y otras acciones, orientadas a potenciar la gestión de los recursos hídricos en el país”, remarcó Tenorio Calderón.

Más en Andina:



(FIN) NDP/TMC/MAO
JRA

Publicado: 30/12/2020