El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por 80 millones de dólares.
Mediante
Decreto Supremo N° 246-2026-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicha
operación de endeudamiento para financiar parcialmente la fase II del
proyecto de inversión “
Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”.
La norma señala que la cancelación de la citada operación de endeudamiento externo se efectuará mediante 22 cuotas, en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas:
- Tasa de 4.55% del 15 de marzo del 2032 al 15 de marzo del 2042.
- Tasa de 4.45% el 15 de setiembre del 2042.
La operación de endeudamiento externo devenga una tasa de interés basada en la Tasa SOFR en dólares, más un margen a ser determinado por el BID, de acuerdo con su política sobre tasas de interés.
El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecida periódicamente, de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0.75% anual.

Durante el período de desembolso, no hay comisión de inspección y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no puede cobrarse en un semestre determinado más de 1% del monto del préstamo, dividido por el número de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos.
La norma autoriza al MEF, vía la Dirección General del Tesoro Público, para que en el marco de la operación de endeudamiento externo pueda ejercer las Facilidades de Conversión de Moneda, de Conversión de Tasa de Interés, de Conversión de Productos Básicos y de Conversión de Protección contra Catástrofes.
Para tal fin, se autoriza al director general de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del MEF a suscribir, en representación de la República del Perú, las instrucciones de conversión, así como toda la documentación que se requiera para implementar las referidas conversiones.
Mientras que la unidad ejecutora de la fase II del mencionado proyecto es el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento externo es atendido por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
Publicado: 5/11/2026