Andina

Las Malvinas: trata de personas para explotación laboral se castiga hasta con 35 años

Policía y Fiscalía investigan situación de trabajadores de galería Nicolini

ANDINA/Melina Mejía

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18:21 | Lima, jun. 23.

El director general de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior (Mininter), Miguel Huerta Barrón, informó hoy que el delito de trata de personas con fines de explotación laboral se sanciona hasta con 35 años de cárcel.

Detalló que el mencionado delito está castigado con pena privativa de libertad de ocho a 15 años, conforme el artículo 153 del Código Penal.

Agregó que, según el citado artículo, inciso A, se establece como agravantes que el agente sea representante de una organización social o empresarial, que la víctima tenga entre 14 y 17 años de edad o alguna discapacidad, y que el agente sea pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. 

Otro agravante es que la explotación laboral haya sido cometida por dos o más personas.

Las penas por este ilícito suben hasta 35 años de cárcel cuando la víctima muere o sufre alguna lesión grave debido a las condiciones en que era forzada a laborar.


“En el caso de los menores, cabe resaltar cuando se habla del delito de trata de personas con fines de explotación laboral el consentimiento brindado por el niño, niña o adolescente carece de efectos jurídicos”, afirmó Huerta Barrón.

Agentes de la Policía Nacional y Fiscalía Especializada investigan caso de trabajadores que habrían sido encerrados en compartimentos metálicos sobre el techo de la galería Nicolini, en la zona de Las Malvinas.

El funcionario del Mininter indicó que, en enero de este año, se emitió el Decreto Legislativo N°1323 que incorpora el delito de trabajo forzoso como un tipo penal autónomo vinculado a la trata de persona.

“El artículo 168-B del Código Penal precisa que el trabajo forzoso ocurre cuando una persona somete u obliga a otra, a través de cualquier medio, a realizar un trabajo o prestar un servicio, sea retribuido o no. Esto es sancionado con una pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de 12 años. Y si se produce la muerte de la víctima puede llegar hasta 25 años de cárcel”, anotó. 

Investigación en curso

En este contexto, el coronel Fredy Castillo Luque, titular de la Dirección de Investigación del Delito Contra de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes (Dirctptim) de la Policía Nacional, informó que en coordinación con la Fiscalía Especializada en Trata de Personas se inició una investigación sobre el tipo de empleo que realizaban los trabajadores la galería Nicolini, quienes fueron registrados por medios de comunicación cuando pedían auxilio desde módulos metálicos en el techo del citado recinto.

 “Desde el momento en que se tuvo conocimiento de las denuncias sobre las condiciones en las que trabajaban en ese centro comercial, dispuse una investigación del caso y coordiné con la Fiscalía Especializada para determinar la presunta comisión del delito de explotación laboral”, aseguró Castillo.

La Policía Nacional ya registró las declaraciones de los familiares de los adolescentes desaparecidos en el incendio y se viene atendiendo sus denuncias en la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri).

Tras la investigación se determinará si es un caso de trata de personas con fines de explotación laboral o de trabajo forzoso.

(FIN) NDP/SMA 


Publicado: 23/6/2017