El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo condenó hoy a prisión suspendida a ocho exconsejeros regionales del Gobierno Regional de La Libertad tras acreditarse que cometieron el delito de usurpación de funciones durante 2021, al desconocer la elección de la mesa directiva liderada por el entonces consejero Juan Fernando Díaz Sánchez.
Para el exconsejero y exdirector de la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) La Libertad David Oswaldo Calderón de los Ríos se le impuso la pena de cuatro años y seis meses de pena privativa de la libertad.
Mientras que a cuatro años de prisión fueron sentenciados los exconsejeros Edgar López Chávez, Teresita de Jesús Bravo Malca, Edwin Martín Castellanos García, Gonzalo Alfredo Rodríguez Espejo, Santos Nicolás Vásquez Ibáñez y Roberto Luis Portilla Lescano.
Al mismo periodo fue sentenciado el consejero por la provincia de Pataz Luis Alberto Rodríguez Ponce, quien desempeñaba el mismo cargo en el periodo anterior.

Del mismo modo, el Juzgado dispuso la inhabilitación por un año para todos los sentenciados, lo que implica la incapacidad para ejercer cargos o comisiones de carácter público. La ejecución de la pena privativa se suspendió por un periodo de un año bajo reglas de conducta e incluye el pago solidario de una reparación civil de 10,000 soles a favor del Estado.
Los hechos imputados
De acuerdo a la tesis presentada por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, los hoy sentenciados desconocieron la elección legítima de la mesa directiva del consejo regional para el año fiscal 2021, la cual era presidida por el consejero delegado Juan Fernando Díaz Sánchez.
A pesar de no tener facultades legales, los acusados realizaron una convocatoria fraudulenta para elaborar y suscribir el Oficio Múltiple n.° 001-2021-GRLL/CR para citar a una sesión ordinaria el 14 y el 15 de enero de 2021, labor que corresponde de manera exclusiva al consejero delegado.
También se les imputa el delito de usurpación en el rol de la Presidencia del Consejo Regional, debido a que los ocho acusados acordaron que David Osvaldo Calderón de los Ríos notificara la convocatoria y presidiera la sesión del 14 de enero de 2021, funciones que ejerció ilegalmente sin ostentar el cargo de consejero delegado.
La Fiscalía demostró que los exconsejeros vulneraron el Reglamento Interno del Consejo Regional (Ordenanza Regional n.° 005-2010-GR-LL/CR), el cual establece en sus artículos 33 y 34 que solo el consejero delegado tiene la potestad de convocar y presidir sesiones.
Con esta sentencia, el Ministerio Público reafirma su compromiso con la defensa de la legalidad y la correcta administración pública, sancionando actos que vulneran el debido proceso administrativo en las instituciones del Estado.