El juez Richard Concepción Carhuancho dictó hoy impedimento de salida del país y comparecencia con restricciones para Carmela Paucará Paxi, secretaria de Keiko Fujimori; y arresto domiciliario para Adriana Tarazona, tesorera del partido Fuerza Popular.
Al concluir la audiencia judicial, Concepción Carhuancho declaró infundado el pedido de 36 meses de prisión preventiva formulado por la Fiscalía para ambas investigadas a raíz de su responsabilidad en el presunto delito de lavado de activos en el cual habrían incurrido miembros del partido Fuerza 2011, hoy Fuerza Popular.
En el caso de Carmela Paucará, el juez Concepción dictó impedimento de salida del país por 36 meses, comparecencia con restricciones y el pago de una caución de S/ 15,000, la cual deberá ser abonada en treinta días hábiles.
Asimismo, entre las reglas de conducta dispuestas, Paucará deberá justificar sus actividades; firmar el control biométrico una vez al mes; no comunicarse por cualquier vía con los investigados o testigos; no ausentarse de la localidad de Lima sin autorización judicial; y asistir a todas las diligencias obligatorias programas por el juzgado y la Fiscalía.
Respecto a la investigada Adriana Tarazona, el juez consideró apropiado dictar arresto domiciliario por 36 meses, así como impedimento de salida del país durante el mismo periodo, y el pago en treinta días hábiles de una caución de S/ 20,000.
Tarazona también deberá cumplir reglas de conducta como no comunicarse con ninguno de los acusados o testigos y permanecer en Lima.
En ambos casos, el juez advirtió que revocará su fallo para dictar una medida más gravosa en caso las investigadas incumplan las reglas de conducta.
Paucará Paxi y Tarazona Martínez son investigadas por el presunto delito de lavado de activos cometido por miembros de Fuerza 2011.
La Fiscalía considera que una organización criminal enquistada en Fuerza 2011 y encabezada por la cúpula partidaria, cometió lavado de activos al introducir US$ 1 200.00 aportado el año 2011por la empresa Odebrecht a la campaña electoral de Keiko Fujimori, mediante aportantes falsos y el sistema de “pitufeo”.
Si bien Concepción consideró que ambas investigadas actuaron como cómplices en el presunto delito de lavado de activos, valoró que el peligro procesal era mínimo y podría ser fácilmente conjurado con las medidas gravosas dispuestas.
Explicó, además, que sus casos son distintos al de aquellos para quienes sí declaró fundada la prisión preventiva, como Keiko Fujimori, Ana Herz, Pier Figari , Vicente Silva Checa y Luis Mejia Lecca.
Sostuvo que ellos eran miembros de la cúpula de la presunta organización criminal y habrían dirigido y ejecutado las acciones para obstaculizar la justicia, por lo cual la prisión preventiva estaba justificada.
En ese punto, Concepción enfatizó que la prisión preventiva es una medida excepcional aplicable solo cuando el proceso de investigación está en serio riesgo.
Cuando existen alternativas, manifestó, no se optará por enviar a prisión a los investigados.
“Esta es la decisión, no dicto todas las veces prisión preventiva como por ahí se ha dicho. Por un régimen de gradualidad interpongo otras medidas alternativas”, subrayó.
Tanto la representante de la Fiscalía como las abogadas de las procesadas anunciaron que apelarán la decisión del juez.
(FIN) CCR
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