El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió la vacancia del alcalde de Lima, Jorge Muñoz, al declarar fundada la apelación del ciudadano Carlos Hinostroza Rodríguez contra el acuerdo del concejo municipal que rechazó el pedido de destitución en noviembre del 2021. ¿Qué razones motivaron esta decisión?
Según el pedido de vacancia, el 2019 Muñoz ejerció la alcaldía mientras era parte del directorio de la empresa estatal Sedapal, lo que contraviene la Ley Orgánica de Municipalidades.
Para el abogado del demandante, Martín D'Azevedo, la vacancia del alcalde de Lima estuvo bien sustentada.
El abogado sostuvo que el cargo de alcalde de Lima, al ser una alta autoridad del Estado, es de carácter exclusivo y a tiempo completo.
Asimismo, afirmó que Muñoz no podía haber desconocido que estaba impedido de ser miembro del directorio de una empresa estatal, pues ha tenido una larga trayectoria como funcionario municipal.
"Ha sido dos veces teniente alcalde de Fernando Andrade en la municipalidad de Miraflores, ha sido gerente municipal de la municipalidad de Miraflores, ha sido alcalde en la municipalidad de Miraflores y es abogado. En sus espacios de tiempo, cuando no ejerce función municipal, pertenece a un gran estudio de abogados viendo temas municipales", aseveró.
Enfatizó que la legislación vigente precisa como causal de vacancia por sobrevenir algunos de los impedimentos cuando postuló para ser alcalde.
"Y no se puede ser alcalde si no se renuncia seis meses antes a algunas de las funciones de altos funcionarios del Estado y miembro o presidente de una empresa del Estado. En eso incurrió el alcalde Muñoz al entrar al directorio de Sedapal, a través de Fonafe, asistir a sus sesiones y cobrar dietas respectivas", indicó.
D'Azevedo señaló que Muñoz devolvió el monto de las dietas, pero que dentro del derecho sancionador se aplicó la ley.
Muñoz ha informado que se pronunciará esta tarde sobre lo resuelto por el JNE y agradeció las muestras de solidaridad que, según refirió, ha recibido tras esta noticia.
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