Andina

Indecopi multó con más de S/4 millones a empresas por discriminar consumidores

Desde el 2010 a proveedores de diversos sectores económicos

Fiscalización de Indecopi. Foto: Cortesía.

Fiscalización de Indecopi. Foto: Cortesía.

17:02 | Lima, jul. 12.

El Indecopi, indicó que desde el 2010 a la fecha, ha impuesto multas por más de cuatro millones de soles, el equivalente a 1,068 UIT (unidades impositivas tributarias), a diferentes proveedores del país por discriminar a sus consumidores.

Entre los multados se encuentran empresas de diferentes sectores como aerolíneas, hoteles, bancos, centros educativos, compañías de seguros, discotecas, restaurantes, entre otros.

Los actos de discriminación más recurrentes que fueron sancionados por las Comisiones de Protección al Consumidor y confirmados por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC) obedecieron a motivos raciales, discapacidad, género, edad, nacionalidad, orientación sexual e identidad de género.

Las resoluciones que detallan los procedimientos antes mencionados son públicas y pueden descargarse en el enlace  Servicio.indecopi.gob.pe/buscador

siendo los casos más emblemáticos el de las discotecas que restringían el acceso a las personas por motivos raciales o por su identidad de género, compañías de seguros que se negaban a afiliar a personas con discapacidades cognitivas, un hotel que le negó la habitación matrimonial a una pareja homosexual.

También, una feria que le negó injustificadamente el ingreso a una persona con parálisis cerebral, una aerolínea que le exigió injustificadamente a personas sordomudas que pretendían abordar un vuelo, que tuvieran acompañantes. 

Un centro educativo que se negó a matricular de forma injustificada a una menor de edad con discapacidad cognitiva, un centro educativo que no permitió la participación de alumno en la actuación del “Día del Padre”, en compañía de su abuelo; entre otros casos.


Medidas correctivas


Si bien el Indecopi no puede otorgar indemnizaciones a los consumidores por los daños y perjuicios causados (correspondiendo dicha facultad a la instancia judicial o arbitral correspondiente), sí se encuentra facultado para ordenar a los proveedores el cumplimiento de diversas medidas correctivas que logren revertir los efectos de la discriminación detectada o evitar que esta se produzca en el futuro.

En ese sentido, a fin de corregir estas conductas discriminatorias y evitar futuras infracciones, el Indecopi ordenó a los proveedores que cumplieran con diversos tipos de medidas correctivas, tales como la capacitación a su personal (incluyendo altos directivos de la empresa), el ofrecimiento de disculpas públicas, la publicación de avisos en sus locales o páginas web informando sobre la prohibición de discriminación, entre otros.



Sanciones


Conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor, en caso los órganos resolutivos del Indecopi detecten algún caso de discriminación contra los consumidores, pueden imponer sanciones a los proveedores, las cuales van desde una amonestación hasta una multa de 450 UIT, suma equivalente a un millón 980,000 soles al año 2021.


Legislación 


Es importante considerar que la anterior Ley de Protección al Consumidor ya prohibía expresamente la discriminación en las relaciones de consumo y bajo su vigencia el Indecopi comenzó a atender y resolver este tipo de denuncias.

Posteriormente, con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, vigente desde el 2010, se ratificó esta prohibición y la competencia del Indecopi para sancionar estas conductas.

Esta información considera estadísticas dentro del período de vigencia del Código.

Por ello, el Indecopi exhorta a los proveedores a no discriminar a los consumidores en sus relaciones de consumo por los motivos antes expuestos, salvo que, como lo establece el mismo Código, exista una causa objetiva y razonable para dicha conducta, debidamente acreditada en cada caso en particular.

Ante cualquier problema de este tipo, el Indecopi recomienda al consumidor solicitar el Libro de Reclamaciones para dejar constancia de lo sucedido, así como también comunicarse con la autoridad escribiendo al correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe o llamando al 224-7777 (para Lima) o a la línea gratuita 0-800-4-4040 para regiones. 

Todas las comunicaciones serán tratadas con la estricta confidencialidad.

“El Indecopi reafirma su compromiso con la protección de los derechos de las consumidoras y los consumidores y el respeto de los derechos fundamentales de la ciudadanía, fomentando el acceso sin distinción alguna a la variedad de productos y servicios que se ofrecen en el mercado”, puntualizó.

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(FIN) NDP / MDV


Publicado: 12/7/2021