El Gobierno prorrogó el estado de emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, por 60 días calendario, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia.
Durante la prórroga del estado de emergencia la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determina las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.
Asimismo, se restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión, y libertad y seguridad personales.
Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público se debe solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación. Las actividades que no tengan carácter masivo pueden realizarse sin necesidad de permiso previo.
La intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el decreto legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de los efectivos policiales, el decreto legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su reglamento, y demás normativa vigente.
Publicado: 25/10/2026