El Gobierno declaró en emergencia los subsectores pesca y acuicultura, por un periodo de cuatro meses ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño, para la ejecución de medidas necesarias para enfrentar los efectos que se generen por su impacto climatológico en estas actividades económicas.
Así lo determinó a través del Decreto Supremo N° 012-2026-PRODUCE, publicado hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma señala que se “declara en emergencia los Subsectores Pesca y Acuicultura, por el período de 120 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y de reactivación económica que correspondan, por los efectos generados por la ocurrencia del Fenómeno “El Niño” 2026 – 2027”
Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura
La norma también indica que el Ministerio de la Producción aprueba, mediante Resolución Ministerial, el Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura en un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario oficial El Peruano.
El Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura tiene por objetivo alcanzar una respuesta eficiente por parte del Estado, ante las eventuales afectaciones, por la ocurrencia del Fenómeno “El Niño” 2026 - 2027, con la finalidad de generar prioritariamente las condiciones necesarias para el fortalecimiento y respuesta de las cadenas productivas pesqueras y acuícolas y sus actores vinculados.
El Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura tiene las siguientes líneas de acción:
a) Investigación científica para el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos.
b) Establecimiento de medidas de ordenamiento pesquero para el aprovechamiento de recursos de oportunidad.
c) Facilitación administrativa y sanitaria para la adecuación y continuidad de las actividades de procesamiento.
d) Facilidades de pago de multas administrativas pesqueras, acuícolas y sanitarias.
e) Promoción de la comercialización y dinamización del mercado de productos hidrobiológicos.
f) Acceso a financiamiento.
Seguimiento a la implementación de las medidas
El Ministerio de la Producción, a través de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, realiza el seguimiento y evaluación de las medidas contenidas en Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura; formulando las recomendaciones del caso.
El presente Decreto Supremo es publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (
www.gob.pe), y en la sede digital del Ministerio de la Producción (
www.gob.pe/produce) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
En las Disposiciones complementarias finales única, se aprueba facultar al Ministerio de la Producción para que, mediante Resolución Ministerial, apruebe medidas complementarias a las dispuestas en el presente Decreto Supremo, así como para la implementación del Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura, y modificación o ampliación de las líneas de acción del referido Plan
La norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Keiko Fujimori y el ministro de la Producción, Juan Requejo Alemán.
Razones para declarar la emergencia
En la parte considerativa de la norma se señala que la Comisión Multisectorial encargada del Estudio Nacional del Fenómeno “El Niño” - ENFEN, mediante el Comunicado Oficial ENFEN N° 14-2026, de fecha 14 de agosto de 2026, mantiene el estado de “Alerta de El Niño Costero”; señalando que en la región Niño 1+2, se prevé la continuación de El Niño Costero con una magnitud más probable entre fuerte y extraordinaria hasta el verano.
Además, se indica que para la región Niño 3.4 (Pacífico ecuatorial central), se prevé que El Niño se extienda hasta inicios de otoño 2027. Sus magnitudes más probables serían fuertes de agosto a setiembre y de fuerte a muy fuerte entre octubre y febrero de 2027.
En relación a los recursos pesqueros, se prevé que el stock nortecentro de la anchoveta se mantenga replegada frente a la costa central, dentro de las 10 millas náuticas y a profundidades mayores a su promedio habitual; también se recomienda a los tomadores de decisiones tener en cuenta los escenarios de riesgo basados en los avisos meteorológicos y pronósticos estacionales vigentes a fin de adoptar las medidas para la reducción del riesgo de desastres, así como acciones para la respuesta ante peligros inminentes;
Asimismo, las proyecciones técnicas efectuadas por el ENFEN, conjuntamente con las declaraciones de estado de emergencia antes señaladas, constituyen elementos objetivos que evidencian la existencia de un Fenómeno “El Niño” extraordinario y de peligro inminente, que puede generar eventos hidrometeorológicos de significativa intensidad, incluyendo precipitaciones extraordinarias, inundaciones, desbordes y movimientos en masa, los cuales pueden afectar la infraestructura, los activos productivos, las cadenas de suministro y la continuidad de las actividades económicas;
También subraya que, es de interés del Estado garantizar el bienestar económico y social de los operadores dedicados a las actividades pesqueras y acuícolas; por lo que, resulta conveniente adoptar medidas urgentes a través de la declaratoria de emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura ante la ocurrencia del Fenómeno “El Niño”, las cuales permitan una respuesta frente a la eventual afectación de la disponibilidad, distribución, accesibilidad, abundancia, estructura poblacional, sanidad, inocuidad, aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos o el funcionamiento de las cadenas productivas pesqueras y la actividad acuícola; siendo que en ese marco se desarrolla el documento denominado Plan de Emergencia de los Subsectores Pesca y Acuicultura; con la finalidad de generar las condiciones necesarias para la continuidad y promoción del desarrollo de la actividades pesqueras y acuícolas.
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(FIN) MDV / MDV
Publicado: 23/8/2026