El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento autorizó una transferencia de 414 millones 408,198 soles favor del Fondo Mivivienda destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional (BFH).
Mediante la Resolución Ministerial N° 059-2026-Vivienda se dispone que la transferencia financiera se atienda con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y teniendo como Unidad Ejecutora al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General.
Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y el Convenio N° 004-2026-Vivienda.
Monitoreo, seguimiento y cumplimiento
La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera.
Ello en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y el Convenio N° 004-2026-Vivienda.
Transferencia para administración de bonos
Asimismo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento autorizó la transferencia de hasta 23 millones de soles a favor del Fondo Mivivienda para financiar la administración del otorgamiento de bonos que promueve el sector.
Mediante la Resolución Ministerial N° 058-2026-Vivienda se dispone que la transferencia se atienda con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal.
Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia no pueden ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos.
El Fondo Mivivienda informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades.
Se dispone la publicación de la presente resolución ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (
MVCS), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
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(FIN) JJN/JJN
Publicado: 27/2/2026