Andina

Gobierno aprueba norma sobre contratos de trabajo de personal extranjero

Para la aprobación, prórroga o modificación de los contratos mediante el Sistema Virtual de Contratos de Extranjero

ANDINA/Difusión

ANDINA/Difusión

08:42 | Lima, nov. 14.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó una normativa complementaria para la aprobación, prórroga o modificación de los contratos de trabajo de personal extranjero, a través del Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros (SIVICE).

Mediante Resolución Ministerial N° 291-2018-TR, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se indica que la administración del SIVICE se encuentra a cargo de la Dirección de Migración Laboral del MTPE, sin perjuicio de las competencias asignadas a las direcciones o gerencias regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.

El SIVICE contiene cinco módulos: presentación de contrato de personal exceptuado; aprobación del contrato de trabajo de personal extranjero; aprobación de la prórroga del contrato de trabajo del personal extranjero; aprobación de la modificación del contrato de trabajo de personal extranjero, y consultas.

La norma señala los pasos que debe seguir el empleador para la aprobación del contrato de trabajo de personal extranjero en el SIVICE, el mismo que se hará a través de la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe).

Asimismo, se indica que la prórroga del contrato de trabajo de personal extranjero se solicita durante la vigencia del contrato de trabajo de personal extranjero y no excede el plazo de tres años.

Para la aprobación de la prórroga de los contratos de trabajo de personal extranjero, así como de la modificación del mismo, el empleador también accede al SIVICE, mediante página web del MTPE.

La Dirección de Migración Laboral realiza las evaluaciones y análisis trimestrales respectivos sobre la contratación de trabajadores extranjeros en el Perú, considerando la información ingresada al SIVICE.

Lo establecido en la presente resolución ministerial, en lo que se refiere al Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros, entra en vigencia en un plazo no mayor a los 60 días calendario, contados desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 008-2018TR (13 de octubre del 2018).


Más en Andina:



(FIN) CNA

Publicado: 14/11/2018