Gobierno aprueba incluir embarcaciones de uso particular dentro del régimen para turismo

Busca incrementar flujo de turistas, promover experiencias náuticas y complementar oferta turística nacional

ANDINA/Difusión

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14:30 | Lima, dic. 9.

El Gobierno aprobó incluir a las embarcaciones recreativas de uso particular en el régimen aduanero especial para el turismo con el objetivo de incrementar el flujo de visitantes nacionales y extranjeros en el país, promover experiencias náuticas únicas y complementar la oferta turística nacional, informó el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

Esta disposición se concretó con la reciente publicación del Decreto Supremo N° 289-2025-EF en el diario oficial El Peruano, que modifica el Reglamento para el Ingreso, Salida y Permanencia Temporal de Vehículos de Uso Particular para Turismo. 

De esa manera, la norma facilita el flujo de yates, veleros y lanchas turísticas privadas, bajo un trámite simplificado y coherente con la Ley General de Aduanas y marca un hito en los esfuerzos por diversificar y elevar la competitividad del turismo peruano. 

Esta normativa, que lleva la firma del presidente de la República, José Jerí, y de la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Teresa Mera, así como de los titulares de otras carteras, se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2466467-3

El Decreto Supremo N° 289-2025-EF, además, establece una serie de condiciones para este tipo de vehículos, como son la presentación de un formato de recepción que acredite su ingreso al país por lugar habilitado emitido por la Autoridad Portuaria Nacional, el cual podrá ser gestionado a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) y de una relación de bienes y accesorios que ingresen a bordo de estos, entre otros. 

Como parte de sus disposiciones finales, la norma también autoriza al Mincetur implementar progresivamente los mecanismos necesarios con las entidades involucradas para que los visitantes puedan realizar los trámites para el ingreso, permanencia y salida de embarcaciones de uso particular a través de la VUCE. 

Es importante mencionar también que el referido decreto supremo se aprobó en el marco de la Nueva Ley General de Turismo o Ley N°32392, que encarga al Mincetur la coordinación de mecanismos orientados a simplificar la experiencia del visitante. 

Por otro lado, la publicación de este decreto supremo es el resultado de un trabajo articulado y técnico con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el Ministerio de Defensa (Mindef), el Ministerio del Interior (Mininter), la Autoridad Portuaria Nacional (APN), la Dirección de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) y la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).

Con esto, según Mincetur, se reafirma el compromiso del Estado peruano con la facilitación turística, la simplificación de procedimientos y la mejora de la experiencia del visitante. 


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(FIN) NDP/JJN

Publicado: 9/12/2025