Fenómeno El Niño: clínicas y hospitales deben atender emergencias sin exigir pagos previos

Ante lluvias o huaicos que se presenten, afirma el Indecopi

Indecopi recordó que las clínicas y hospitales deben atender los casos de emergencia sin exigir pagos previos..

Indecopi recordó que las clínicas y hospitales deben atender los casos de emergencia sin exigir pagos previos..

11:03 | Lima, set. 9.

Ante la inminente llegada del Fenómeno de El Niño y otras situaciones de emergencia que se susciten por este evento natural y que podrían afectar a diferentes regiones del país, las clínicas y los hospitales están obligados a brindar atención médica cuando la vida o la salud de un paciente se encuentre en grave riesgo, sin exigir previamente pagos, pagarés u otros compromisos.

Así lo afirmó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) que precisó que los derechos de los consumidores se mantienen vigentes durante situaciones de emergencia y que los proveedores deben garantizar la atención que corresponda.


En el caso de los servicios de salud, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) deben brindar atención sin condicionamientos cuando exista un riesgo grave para la vida o salud del paciente.

Sostuvo que ante una presunta vulneración de sus derechos, los usuarios de servicios de salud pueden presentar un reclamo en el Libro de Reclamaciones en Salud de la IPRESS o de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS). Si no obtiene una respuesta favorable, puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), a través de la línea 113, opción 7.

Esta información forma parte de la Guía para los consumidores en situaciones de emergencia en el Perú (enlace), elaborada por el Indecopi en coordinación con las entidades que conforman el Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor.

En este trabajo participaron la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) y Susalud.


Indecopi resaltó que esta guía brinda recomendaciones sobre qué hacer y a qué entidad acudir ante problemas relacionados con servicios de salud, agua, energía eléctrica, telecomunicaciones, transporte, servicios educativos, créditos, seguros y viajes, entre otros.

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(FIN) NDP/MAO

Publicado: 9/9/2026