Por Susana MendozaYa está en vigencia la obligación para que las farmacias y boticas mantengan un
stock mínimo del 30 % de medicamentos genéricos en la venta al público. ¿Qué beneficios traerá esta medida a los usuarios y qué pasará con aquellos establecimientos que incumplan la norma?
La decana nacional del
Colegio Químico Farmacéutico del Perú, Sonia Delgado, sostuvo que Resolución Ministerial N°220-2024-Minsa, publicada el lunes
con un listado ampliado de 434 medicamentos esenciales,
es positiva porque asegura que tanto las grandes cadenas de farmacias como las boticas pequeñas ofrezcan medicamentos
genéricos a los usuarios.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, el requisito del stock mínimo se aplica únicamente a aquellos productos existentes en el inventario diario de farmacias y boticas. Por ejemplo, si una botica dispone de 70 medicamentos diferentes y, 50 de ellos están en listado ampliado, el 30% de stock mínimo solo se aplicará a esos 50. Esto significa que no es necesario tener en el stock los 434 medicamentos para cumplir con esta norma.
De esta manera, subrayó el ministerio, no se exige a las boticas que expandan su inventario para incluir un 30% de todos los medicamentos en el listado, pero sí que garantice en su forma genérica una proporción de los medicamentos que ya estén disponibles.
La decana de la orden profesional explicó que si la oferta de medicamentos genéricos para combatir infecciones es de 100 pastillas, 70 deben ser Amoxil (marca) y 30 Amoxicilina (genérico). La calidad, el principio activo, la potencia y acción de ambas es la misma para la salud del paciente, aseguró.
Multas
Delgado advirtió que las farmacias y boticas que incumplan la norma que establece un stock mínimo de venta de medicamentos genéricos pagarán una multa de 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale actualmente a S/ 10,300.
Sin embargo, expresó su preocupación porque esta multa "es un exceso para las boticas pequeñas", ya que muchas de ellas facturan al mes menos de ese monto. "Nos hubiera gustado que el monto de la multa sea proporcional a la facturación de cada farmacia y botica porque, con el pago de 2 UIT, una farmacia pequeña podría hasta desaparecer".
También le llamó la atención que la resolución ministerial haya considerado sancionar solo a los establecimientos farmacéuticos privados y no a los del Ministerio de Salud y EsSalud. Es urgente, mencionó, solucionar el problema del desabastecimiento de medicamentos genéricos en los hospitales y centros de salud públicos.
Fuerza de ley
A pesar de ello, Delgado destacó la públicación de esta norma transitoria que tiene como plazo de ejecución el 31 de julio de este año en tanto se apruebe la Ley en el Congreso, como solución definitiva.
Este nuevo cuerpo legal, dijo, debería algunas precisiones: que la lista de 434 medicamentos genéricos se ofrezca en las farmacias y boticas de manera indefinida, que la multa por incumplimiento sea proporcional a su facturación y que se sancione el desabastecimiento de estas medicinas esenciales en las farmacias públicas.
Por el momento, explicó la especialista, la norma se ha ajustado a las necesidades reales de la población que por fin accederá a medicamentos de calidad a bajo precio.
Comisiones por vender medicamentos de marca
Agregó que el Colegio Químico Farmacéutico está incentivando el uso de medicamentos genéricos porque, lamentó, normalmente las grandes cadenas de farmacias ofrecen los productos que producen sus propios laboratorios.
"Pagan comisiones a nuestros propios químicos farmacéuticos para que vendan medicamentos de marcas específicas. Es muy escandaloso. Nosotros estamos detectando cosas graves que desde el año 90 no se controlan y por eso siguen lucrando a costa de la necesidad de la población".
Listado de medicamentos
El listado de medicamentos se incrementó en beneficio de la población, de 40 medicamentos consignados en el anterior decreto, a 434 medicamentos genéricos que corresponden a 278 sustancias activas o ingredientes farmacéuticos activos.
La lista contiene medicamentos que corresponden a 28 grupos terapéuticos, entre los que se encuentran los antiinfecciosos, oncológicos, medicamentos para afecciones cardiovasculares, de la especialidad de salud mental, para el dolor, entre otros.
Asimismo, responde a los tratamientos de las enfermedades más comunes por grupo de edad y las más atendidas por consulta externa en los establecimientos de salud.
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(FIN) SMS/RRC
Publicado: 2/4/2024