Andina

Extorsión a transportistas que genere muerte o lesiones se castigará con cadena perpetua

Cuando se emplee a menores de edad, el castigo es el mismo, sostuvo juez Walther Huayllani

Extorsión a empresas de transporte urbano con uso de armas o explosión que genere muerte o lesiones se castiga con cadena perpetua. Foto: ANDINA/Jorge Paz

Extorsión a empresas de transporte urbano con uso de armas o explosión que genere muerte o lesiones se castiga con cadena perpetua. Foto: ANDINA/Jorge Paz

12:54 | Lima, set. 18.

La extorsión a empresas de transporte urbano que genera lesiones o consecuencias fatales se sancionará con hasta cadena perpetua, advirtió el magistrado de la Corte de Lima Walther Huayllani Choquepuma.

La extorsión busca obtener dinero de forma indebida, a través de la violencia o amenaza que se ejerce sobre otra persona, para que esta otorgue una ventaja económica o de cualquier otra índole al sujeto que lo requiere. Es una forma fácil de ganar dinero para los delincuentes porque se aprovechan del miedo y vulnerabilidad de los ciudadanos”, indicó.


Magistrado de la Corte de Lima Walther Huayllani Choquepuma.

Considero que exigir a una empresa de transportes de servicio público el pago de una ventaja indebida es, sin duda, materia de delito de extorsión, pues las empresas cumplen reglas administrativas y brindan servicio público; y aquella persona que obstaculice la actividad de estas empresas, no solo afecta al empresario sino afecta a la ciudadanía que hace uso de este servicio”, señaló. 

Remarcó que la extorsión no solo es unilateral contra la empresa, sino que se convierte en un acto reflejo y afecta a un sector importante de la población. 

Sostuvo que en el acto extorsivo si se emplean armas de fuego y se dan consecuencias fatales como la muerte persona o las lesiones graves, la pena puede ser de cadena perpetua; asimismo, cuando se empleen a menores de edad, el castigo es el mismo.

El magistrado precisó que las penas por delito de extorsión en la modalidad simple o básica, se sanciona con diez a quince años de cárcel; y cuando existe el uso de artefactos explosivos, se sanciona con 15 a 25 años de prisión.

Sostuvo, además, que si en la extorsión, participan dos o más personas, la sanción es no menor de 15 ni mayor de 25 años de prisión.


La máxima de la experiencia señala que estos actos extorsivos a empresas de transporte no solo los realiza una persona, sino que un conjunto de personas con actos distribuidos: para hacer llegar mensajes, activar artefactos explosivos, entre otros”, afirmó.

El magistrado instó a las empresas y a la ciudadanía a no acatar el pago de esas esas ventajas indebidas, pues ello genera una cadena de actos que no concluye.

Se debe dar parte, consideró, a las autoridades con la reserva debida y estos intervengan y el Poder Ejecutivo dar las condiciones necesarias para que el transporte urbano y e interprovincial no sea suspendido, por eso, “debemos ser bien férreos y firmes denunciando estos actos”.

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(FIN) NDP/ICI/KGR

Publicado: 18/9/2024