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Excongresistas pueden ser procesados sin restricciones al haber vencido inmunidad

Comisión de Levantamiento de inmunidad acuerda archivar todos los casos

Foto: ANDINA/archivo

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17:54 | Lima, jul. 30.

Los exintegrantes del Congreso disuelto pueden ser procesados sin restricciones por el Poder Judicial dado que ya no cuentan con la prerrogativa de la inmunidad parlamentaria, determinó hoy la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria que archivó todo los pedidos formulados contra los exlegisldaores.

El acuerdo fue tomado por unanimidad en la primea sesión extraordinaria por los integrantes de este grupo parlamentario que preside el congresista Iván Quispe Apaza (FA).

Durante la sesión, el titular de la comisión sustentó esta posición, señalando que el artículo 93 de la Constitución establece que solo hasta un mes después de haber cesado en sus funciones como congresista, cuentan con la inmunidad parlamentaria.

En consecuencia, los exintegrantes del Congreso que fue disuelto el 30 de setiembre del año pasado, e incluso los de la Comisión Permanente, en el interregno, quienes concluyeron sus funciones específicas el 16 de marzo del 2020, ya no tienen inmunidad parlamentaria.

“En ambos casos la prerrogativa de inmunidad parlamentaria de los excongresistas, a la fecha no existe. En consecuencia, el Poder Judicial tiene toda la potestad de actuar de acuerdo a ley, sin ningún tipo de restricción”, expresó.

Seguidamente, propuso archivar los casos que se derivaron a esa comisión y comunicar al Poder Judicial, a través del Presidente del Congreso, que ningún excongresista del Congreso disuelto cuenta con la prerrogativa de inmunidad.

El legislador Alfredo Benites Agurto (Frepap) consideró necesario establecer el momento en que llegó el pedido del Poder Judicial y que si fue dentro del plazo de los 30 días corresponde a la comisión hacer un pronunciamiento, de acuerdo al artículo 70 del Reglamento.


Asimismo, dijo que la voluntad procesal parlamentaria en el presente caso debería ser el haber perdido competencia para tratar el tema.

En ese sentido, aclaró que el rechazo de plano correspondería si el expediente hubiera sido enviado al Congreso fuera de tiempo y tendría que ser devuelto a la Corte Suprema de Justicia.

Apaza Quispe consideró estos aportes y lo incluyó en el documento que enviarán al Poder Judicial.

(FIN) DNP/FHG
JRA

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Publicado: 30/7/2020