El Poder Ejecutivo dispuso la continuidad de las medidas de protección a los trabajadores comprendidos en la suspensión perfecta de labores (licencia sin goce de remuneración), a quienes se les otorga una prestación económica mensual de 760 soles y atención médica en EsSalud.
A través de una disposición complementaria final del Decreto de Urgencia 004-2021, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se determinó que EsSalud continúe brindando las prestaciones de salud a los trabajadores en suspensión perfecta hasta el 30 de abril del 2021.
La norma también dispone seguir otorgando la prestación económica de 760 soles a los trabajadores en suspensión perfecta hasta el 28 de febrero del 2021, siempre y cuando pertenezcan a una empresa de hasta 100 trabajadores y no perciban más de 2,400 soles, además de que hayan realizado la solicitud respectiva en la plataforma VIVA EsSalud hasta el 31 de diciembre del 2020.
Cabe recordar que mediante Decreto de Urgencia 038-2020, el Estado autorizó a las empresas a solicitar la suspensión perfecta de labores de los trabajadores; mecanismo que mantiene la relación laboral, pero cesa la obligación de las empresas del pago del sueldo.
Asimismo, este marco normativo otorga la disponibilidad de los ahorros de los trabajadores que pueden disponer de parte de sus aportes en la AFP, Compensación por Tiempo de Servicios y acceder a la prestación económica de protección social que brinda el Estado.
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(FIN) MJP/CNA