Andina

Establecen en 466 toneladas el límite de captura de tiburón martillo para 2022

Además, fijan en 500,000 toneladas la cuota anual de captura del recurso calamar gigante o pota

Edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

20:27 | Lima, abr. 1.

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció en 466 toneladas el límite de captura del recurso tiburón martillo (Sphyrna zygaena) correspondiente al período 2022.

El sector fijó este límite mediante la Resolución Ministerial N°00121-2022-PRODUCE, publicada hoy en una edición extraordinaria del cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

“Dicho límite de captura puede ser modificado en función a los factores biológicos-pesqueros y/o ambientales que estime el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), para lo cual debe de remitir al Ministerio de la Producción la recomendación con las medidas correspondientes”, detalló la norma.

La resolución añade que Produce dará por concluidas las actividades extractivas del tiburón martillo “mediante Resolución Ministerial, cuando se alcance el límite de captura establecido o, en su defecto, las actividades extractivas concluirán el 31 de diciembre de 2022”. 

Según establece el texto, el Imarpe “efectúa el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, pesqueros y poblacionales del recurso tiburón martillo, debiendo informar y recomendar al Ministerio las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias”.

La resolución está firmada por el ministro de la Producción, Jorge Luis Prado Palomino.

Calamar gigante

Asimismo, el Ministerio de la Producción fijó en 500,000 toneladas la cuota de captura del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) para el período del año 2022.

Esta cuota de captura puede ser modificada en función a la evolución de factores biológicos-pesqueros, ambientales y por disponibilidad del recurso, previo informe del Imarpe, precisa la Resolución Ministerial Nº00120-2022-PRODUCE.

La norma aparece también en la edición extraordinaria de El Peruano, con fecha 1 de abril de 2022.

La norma agrega que Produce “concluye las actividades extractivas del recurso calamar gigante o pota cuando se alcance o se estime alcanzar la cuota establecida (para el año) o, en su defecto, las actividades extractivas concluirán el 31 de diciembre de 2022”. 

Además, el Ministerio de la Producción puede suspender las actividades extractivas del calamar gigante “por razones de conservación, previo informe del Imarpe”.



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(FIN) CCH

Publicado: 1/4/2022