Andina

Embargos a cúpula senderista ascienden a 8.7 millones de soles

Senderistas no pagan voluntariamente

Cortesía

Cortesía

11:18 | Lima, oct. 23.

El procurador para casos de terrorismo, Milko Ruiz, precisó que el monto de los embargos a la cúpula de Sendero Luminoso, ordenados por la justicia para asegurar el pago de la reparación civil a favor del Estado, asciende a 8.7 millones de soles.

Doce integrantes de la cúpula de Sendero Luminoso, según dijo, fueron sentenciados al pago de una reparación civil solidaria de 3,700 millones de soles a favor del Estado.

Entre los senderistas que deben pagar esa reparación civil se encuentra Abimael Guzmán, cabecilla de Sendero Luminoso; Elena Iparraguirre, Osmán Morote Barrionuevo, Alberto Ramírez Durante, Martha Huatay, y María Pantoja, entre otros.

Milko Ruiz explicó a la Agencia Andina que ninguno de los sentenciados pagó en forma voluntaria su obligación con el Estado, por lo que la Procuraduría dispuso el embargo de sus bienes.

En ese marco, se embargó y vendió una propiedad a Elena Iparraguirre, esposa de Abimael Guzmán y número 2 de Sendero Luminoso por 581,000 soles, el único pago a cuenta de los 3,700 millones de soles.

Las otras propiedades embargadas son cuatro inmuebles de propiedad de Osmán Morote, por 8 637.000 soles

"Esos bienes están en proceso de remate", comentó.

A Martha Huatay Ruiz, recientemente liberada, se le embargo una oficina en el centro de Lima, tasada en 90,000 soles, mientras que a Margie Clavo, una propiedad por 36,871 soles

"Los 3,700 millones de soles es solidario. El único pagó que hemos hecho efectivo es de Elena Iparraguirre, por más 500 mil soles. Del resto de la cúpula no haya nada, no tienen bienes", declaró. 

¿Por qué 3,700 millones?

La sentencia contra la cúpula senderista del 13 de octubre de 2006 y ratificada el 2008, establece que el monto de la reparación civil está vinculado al grado de afectación que causaron sus acciones.

La sala considera que la conducta violenta y cruel de los subversivos generó una retracción de las inversiones al país y que además el país debió destinar ingentes cantidades de dinero para reparar los bienes destruidos.

"Conforme a los criterios establecidos, la sala considera que el monto fijado es proporcional al daño causado, aun cuando sea fácticamente difícil establecer una suma exacta" precisa la sentencia.




(FIN) FHG/CCR

También en Andina



Publicado: 23/10/2017